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DOCUMENTO 7708. OFICIO DE JOSÉ GABRIEL PÉREZ PARA EL GENERAL SALOM, FECHADO EN GUAYAQUIL EL 3 DE AGOSTO DE 1823, EN EL CUAL, DE ORDEN DE BOLÍVAR, LE ACLARA LO CONCERNIENTE A LAS FACULTADES EXTRAORDINARIAS CON QUE EL LIBERTADOR LO HA AUTORIZADO.*

Guayaquil, 3 de agosto de 1823.

Al General Salom.

Autorizado V.S. extraordinariamente por S.E. el Libertador en los dos Departamentos de su mando en las materias militares, de hacienda o insurrección dispone S.E. que en las materias civiles se extiendan, conforme a la ley con el gobierno, las autoridades del Sur.

También ha dispuesto S.E. entenderse directamente desde cualesquier lugar donde se halle con V.S. y con las demás autoridades de estos Departamentos en cuanto tenga relación a la guerra y a la hacienda, debiendo V.S. también participarle por todos los correos ordinarios y por los extraordinarios cuanto ocurra en los Departamentos. Dispone también que los Departamentos queden en el mismo estado de administración en que se hallan hoy sin hacer ninguna alteración.

Con respecto a las instrucciones que S.E. ha comunicado a V.S., dispone que se cumplan estrictamente y que aun cuando en algunos de los casos de ellas sea necesario que V.S. se mezcle o ingiera en materias civiles, puede V.S. hacerlo, pues S.E. lo autoriza a V.S. para ello, y muy particularmente para el cobro de la contribución de los 25.000 pesos impuesta en Quito, y para la aplicación de la pena que S.E. impone a los que no paguen.

V.S. comunicará conforme a sus instrucciones, al Intendente de Guayaquil los casos en que V.S. está autorizado para conocer en materias civiles, en razón de su autorización extraordinaria.

Dios guarde a V.S.

[JOSÉ GABRIEL PÉREZ]

* De un copiador del Archivo del Libertador. Sección O’Leary. Tº XX, Fº 290 y vto.

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