Payara, 28 de marzo de 1821.
Al Excelentísimo Señor Vicepresidente de Venezuela.
Al cerrar esta correspondencia he recibido el índice de 14 de marzo con los números desde 45 hasta 50; pero sin el 44. No hay tiempo de responder extensamente a todo el contenido de esta correspondencia. [Primeramente] [1] Una gran parte de las resoluciones está dada en mis comunicaciones de ayer, especialmente las que dicen relación a las cajas de Almirantazgo y a la expedición de Margarita, que debe hacerse a todo trance y sin que se repitan las Juntas de guerra, que no tienden sino a la desobediencia, como he dicho antes. Además de esto, quiere S.E. que comunique a V.E. lo siguiente:
1º Que si el señor General Clemente no hubiere marchado aún de Margarita, debe hacerlo: pero puede V.E. disponer que queden los buques de guerra que pensaba llevar consigo, si V.E. los necesita para el transporte y escolta de las expediciones de que he hablado otras ocasiones a V.E.
2º Que S.E. aprueba el que [disponga V.E.] [2] dé V.E. sus disposiciones para que los Comandantes generales a que corresponda, por la situación de las Provincias, ejerzan la autoridad marítima donde no haya oficiales de esta arma o apostaderos.
3º Que [exigiendo la utilidad] [3] siendo no sólo útil sino muy necesaria la Corte de Almirantazgo establecida en Margarita para conocer y declarar las presas legalmente, debe permanecer allí la misma que está constituida o subrogarse por otra provisionalmente conforme a la ley del Congreso, pero no teniéndose ésta presente, se autoriza a V.E. para que nombre los miembros que deban componerla, si la ley no lo reserva al Congreso, o lo luiqu provisionalmente por facultad extraordinaria que se le comete, si perteneciere el nombramiento a otra autoridad que no resida actualmente en esa capital.
4º Que está V.E. autorizado para extender patentes de corso a los buques del Estado que no las tengan y a los corsarios particulares que las necesiten o pidan. S.E. recomienda encarecidamente a V.E. que tome un vivo interés [que] [4] en que se armen el mayor número posible de corsarios [y] [5] que hostilicen por todas partes al enemigo arruinando su comercio; pero se cuidará de que no se conviertan en piratas y que respeten las banderas amigas o neutras conforme al derecho de gentes. Lo comunico, etc.
Dios guarde a V.E. muchos años.
PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ
* Archivo del Libertador. O’L Vol. XVIII, primera parte, fº156 y vto. y 157.