Niquitao, marzo 11 de 1821.
Al Señor General Rafael Urdaneta.
Por la copia que incluyo a V.S. conocerá la resolución de S.E. de romper las hostilidades, aún antes que expire el término del armisticio. En este concepto, S.E. me previene diga a V.S. ejecute todas las medidas de que está encargado, con la celeridad que sea posible, de modo que para el día primero de mayo próximo venidero, se halle ya V.S. por su parte, listo para romperlas, en el concepto de que los cuarenta días que deben preceder al rompimiento se contarán desde el 20 del presente.
Dios guarde a V.S. muchos años.
PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ
* Archivo del Libertador. O’L Vol. XVIII, primera parte, fº 132 vto.