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DOCUMENTO 5425 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL GENE­RAL DE BRIGADA MIGUEL GUERRERO, FECHADO EN BOCONO EL 10 DE MARZO DE 1821, POR EL CUAL LE TRASMITE LAS ORDE­NES DEL LIBERTADOR PARA QUE EMBARGUE TODO EL GANADO DEL APURE Y RECOJA TODO EL QUE PUEDA PARA EL EJERCITO QUE ESTA EN BARINAS. NO DEBE DEJAR SALIR GANADO DE LA PROVINCIA CON NINGÚN PRETEXTO. CUALQUIER JEFE DEBE FRANQUEARLE LOS OFICIALES QUE PIDA. PUEDE LLEVAR LA TROPA DE CABALLERÍA. ESTA COMISIÓN FUNDA LA ESPERAN­ZA DE QUE NO PEREZCA EL EJERCITO POR HAMBRE.*

Boconó, 10 de marzo de 1821.

Al Señor General Miguel Guerrero.

S.E. el Libertador Presidente ha tenido a bien conferir a V.S. comisión para que pasando el Apure, vaya al distrito del ejército que manda el señor General Páez a ejecutar lo siguiente:

1º [Tomará V.S. todo] [1] Pondrá V.S. embargo a todo el ganado que encuentre cogido, bien sea del Estado o de particulares, bien sean éstos comerciantes o hacendados. No exceptuará V.S. a ninguna persona, cualquiera que sea su rango o dignidad. Tam­poco exceptuará [el] [2] ganado alguno porque sea manso, porque haya sido comprado, ni por ningún motivo.

2º Tomará V.S. además medidas para que se coja más ganado en el territorio que se ha señalado en los mismos términos del artículo anterior, es decir, sin ninguna consideración.

3º Tanto el ganado que se embargue como el que se coja se enviará a Barinas para la subsistencia de las tropas que estaban allí acuarteladas y las que van marchando.

4º El embargo se entenderá con todo ganado que se encuentre cogido en la Provincia de Barinas, sea de este o del otro lado del Apure. Todo debe destinarse para la tropa.

5º Al pasar el Apure publicará V.S. una orden o bando para que nadie pueda extraer ganado de nuestro territorio para el enemigo bajo ningún pretexto, ni aunque tenga licencia expresa del Gobierno.

6° Está V.S. autorizado para castigar con la más grave severidad, y hasta con pena capital a los que rehusen o resistan entregar los ganados que tengan cogidos y cumplir las disposiciones que V.S. tome para remitirlos al ejército.

7º Llevará V.S. consigo, o le seguirán buscando algunos oficiales montados para que le acompañen y ayuden, y para que venga uno o más con cada remisión que se haga de ganado, impidiendo y velando para que no se lo roben ni se pierda. Cualquier Jefe a quien presente V.S. este artículo o se lo comunique, le franqueará los oficiales que pida.

8º También podrá V.S. llevar alguna tropa de caballería [si las hay] [3] con el mismo objeto, si las hay, o pedir a los cuerpos del ejército de Apure, sin necesidad de esperar orden del señor General Páez para que le entregue, pues bastará este artículo a cualquier Jefe u oficial a quien se le haga saber.

9° Es de infinita importancia la pronta marcha de V.S. a cumplir con esta comisión, en que funda S.E. la esperanza para que no perezca de hambre el ejército.

Dios guarde a V.S. muchos años.

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* Archivo del Libertador. O’L. Vol. XVIII, primera parte, fº 130 vto. y 131.

Notas

[1] Testado [Tomará V.S. todo].

[2] Testado [el].

[3] Testado [si las hay].

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