Cuartel general del Rosario [1] a 21 de jebrero de 1821 [2].
Señor don Samuel D. Forsyth [3].
He visto las tres notas que con fecha de 29 de octubre del año próximo pasado y 20 del mes presente me ha dirigido V. incluyendome las contratas celebradas de Jacob Idler en el Norte de América por armamentos, vestuarios, provisiones, y otros objetos que al cargo de V. han venido para el servicio de la República y por cuenta del gobierno.
Siento infinitamente que siendo las deudas cuyo pago reclama V. de una naturaleza tan privilegiada por su origen y por las circunstancias y modo con que se contrajeron, no haya actualmente fondos públicos con qué cumplir ahora a ellas conforme a mis deseos. Yo ofrezco sin embargo a V. que será el primer cuidado del gobierno, como es de su deber, satisfacer y cumplir a la más posible brevedad las contratas a que V. se contrae, y desde ahora para cuando haya fondos disponibles, doy y ofrezco a V. la preferencia para el pago de sus deudas, que a la verdad son las más justas y legales y las menos gravosas que ha contraído la República.
Soy de V. atento servidor.
BOLÍVAR
Es copia fiel de su original. Jacob Idler.
* Archivo Nacional de Colombia, Ministerio de Hacienda, tomos CCXCVIII y CCCVIII (D, CCXCVIII, 49 y D, CCCVIII, 109).
DOCUMENTO 5360-b. DE UNA COPIA.
El Rosario, 21 de febrero de 1821.
Señor don Samuel D. Forsyth.
He visto las tres notas que con fecha 29 de octubre del año próximo pasado y 20 del mes presente me ha dirigido usted incluyéndome las contratas celebradas en el Norte de América por armamento, vestuario, provisiones, y otros objetos que al cargo de usted han venido para el servicio de la República y por cuenta del Gobierno.
Siento infinitamente que siendo las deudas, cuyo pago reclama usted, de una naturaleza tan privilegiada por su origen y por las circunstancias y modo con que se contrajeron, no haya actualmente fondos públicos con qué cumplir ahora a ellas conforme mis deseos. Yo ofrezco sin embargo a usted que será el primer cuidado del Gobierno, como es de su deber, satisfacer y cumplir a la más posible brevedad las contratas a que usted se contrae, y desde ahora para cuando haya fondos disponibles, doy y ofrezco a usted la preferencia para el pago de sus deudas, que a la verdad son las más justas y legales y las menos gravosas que ha contraído la República.
Dios guarde a usted muchos años.
BOLÍVAR
Archivo General de la Nación. Caracas. Intendencia de Venezuela. Gran Colombia. Papeles de 1821.
Boletín de la A.N.H., Nº 149. Págs. 86-87.