Cuartel General de Santa Fe, a 24 de agosto de 1819. 9°
Al Gobernador y Comandante de la Provincia de Tunja.
Dirijo a V.S. el reglamento que debe regir para la formación de séquito, que se compondrá de V. como Presidente natural del gobierno político y de uno de los administradores de las Repúblicas, que tenga aptitud, providencia y eficacia para este importante cargo; quedando en esta parte reformado el artículo I9 y subsiguientes, todos los demás.
Dios guarde, &.,&.
BOLÍVAR.
* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador. Tomado del Archivo Histórico del Departamento de Antioquia. Colombia. BV.