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DOCUMENTO 8014 OFICIO DE JOSÉ GABRIEL PÉREZ PARA EL GENERAL SUCRE, FECHADO EN LIMA EL 16 DE OCTUBRE DE 1823, EN EL CUAL LE INFORMA SOBRE LAS NOTICIAS TRAÍDAS POR RIVA-DENEYRA ACERCA DE LA EXPEDICIÓN DE CHILE EN AYUDA AL PERÚ. ENTRA EN CONSIDERACIONES SOBRE LA ACTUALIDAD MILITAR COMO CONSECUENCIA DEL FRACASO DE SANTA CRUZ Y LE IMPARTE INSTRUCCIONES ESPECIALES. *

Lima, 16 de octubre de 1823.

Al Señor General Sucre.

Por el Señor General de Brigada Don Bernardo Rivadeneyra, que ha llegado anoche de Valparaíso con 14 días de navegación, ha sabido S.E. el Libertador que la expedición de Chile, compuesta de 3.000 hombres, de muy buenas tropas, debía hacerse a la vela el día 12 del corriente para puertos intermedios: que algunos cuerpos estaban ya en marcha de Santiago a Valparaíso, y que los transportes tenían ya los víveres y demás cosas que se necesitaban para conducir la expedición. Que algunos días antes de la salida del expresado General, se habían remitido a Arica 400 caballos, y que con el convoy vendrían otros tantos en la fragata Lautaro. Que los buques de Guerra de la Escuadra Chilena vendrían comboyando la expedición después de haber sido carenados, y habilitados de un todo. En fin, que la expedición vendría a las órdenes del Señor General Pinto.

En virtud de estas noticias que han merecido el ascenso del Libertador, S.E. ha meditado, ha conferenciado sobre lo que convendría hacer en las circunstancias actuales, dando por ciertas las noticias que han corrido en estos días de que el ejército del Señor General Santa Cruz había sido enteramente disperso en su retirada desde Oruro, y que aquel General había llegado a Moquegua, y 300 hombres sin armas, a Arica. S.E. ha creído que si se verifica en esta capital la reunión de las fuerzas de V.S.; de las que pudiese salvar el señor Santa Cruz, y de las que vienen de Chile, con los 4.000 hombres que tenemos actualmente en ella, se tocarían muy grandes embarazos, si no imposibilidad absoluta, para la manutención y habilitación de un ejército tan considerable como resultaría de todas estas reuniones. Ha creído también S.E. que la movilidad de este ejército sería dificultosísima, cualquiera que fuese el punto a que se dirigiera: que entrando ya el tiempo de las enfermedades en la costa, perderíamos en la inacción gran parte de nuestras tropas, y tal vez la mayor de las de Chile y de las que traiga el señor General Santa Cruz. Por último, señor General, calculando S.E. que en menos de cuatro meses no pueden los enemigos contramarchar a sus antiguos cantones de Jauja, y que obrando desde ahora sobre ellos, estaríamos para entonces bien posesionados, con nuestros hombres descansados y nuestros caballos gordos; por todos estos fundamentos y otros más que omito porque escribo a V.S., S.E. el Libertador me manda decir a V.S. lo que sigue:

1º Que con todas las fuerzas que pueda V.S. reunir, incluyendo las de Chile y las del General Santa Cruz, se venga V.S. a Paracas, [1]] puerto de Pisco; desembarque allí y se dirija inmediatamente a Huamanga, sea por lea o por cualquier punto que V.S. juzgare conveniente; procurando tomar sus medidas para impedir que los enemigos tuviesen, por alguna casualidad, la menor ventaja sobre V.S.

2º Que para poder verificar este movimiento tome V.S. cuantos auxilios necesitare de lea, de la Provincia de Castro Vireyna, y de la misma costa.

3º V.S. debe contar como una cosa infalible que al mismo tiempo que V.S. marche sobre Huamanga S.E. se dirigirá de frente sobre Jauja con 4.000 hombres, derrotará a los enemigos, si se atreven a presentarse, y no cesará de marchar hasta incorporarse con V.S. y ponernos así en estado de hacer frente a todo el ejército español, si nos busca. . . Nada hay que pueda impedir la realización de esta promesa que se hace a V.S., cueste ella lo que costare.

4º Si V.S., cuando reciba esta comunicación está en Chala o en cualquier otro puerto al Norte de Arica, dispone S.E. que en este caso verifique V.S. la misma operación sobre Huamanga, por la vía que V.S. creyere oportuno. S.E. encarga muy particularmente a V.S. que por cualquier parte que marche V.S. reúna y se lleve consigo todo el ganado y los caballos que se puedan conseguir, apurando las providencias, y un número considerable de mulas para que el ejército tenga en todos casos una fácil y rápida movilidad.

5° V.S. avisará volando, volando, el punto en que desembarcare, lo que piensa hacer, las fuerzas con que cuenta y si acaso necesitare algo, lo pedirá bien distintamente, para proporcionárselo, si se puede al momento.

6º Las órdenes anteriores a estas que V.S. hubiere recibido o recibiere en lo sucesivo, las declara S.E. sin efecto ninguno y quiere que V.S. se atenga a las presentes, en cuanto se lo permitan las circunstancias.

7º Si V.S., en fuerza de estas mismas circunstancias, no pudiese marchar sobre Huamanga con esperanzas fundadas de buen resultado, sea que se embarque en cualquiera de los puertos indicados en el artículo 1°, sea que lo verifique en los indicados en el 49, en este caso previene el Libertador que se dirija V.S. a lea y espere allí nuevas órdenes. Pero en todo evento S.E. quiere que V.S. dé una relación bien especificada de estas circunstancias que le impiden marchar sobre Huamanga.

Dios guarde a V.S. muchos años.

[JOSÉ GABRIEL PÉREZ]

* De un copiador del Archivo del Libertador. Sección O’Leary. Tomo XX, segunda parte, Fº 174 vto. al 175 vto.

Notas

[1] [ Paracas, Distrito del Perú en la provincia de Pisco.

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