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DOCUMENTO 7903 OFICIO DE JOSÉ GABRIEL PÉREZ PARA RIVA-AGÜERO, FECHADO EN LIMA EL 1º DE OCTUBRE DE 1823, EN EL, CUAL, DE ORDEN DE BOLÍVAR, LE INCLUYE UN DECRETO DEL CONGRESO DEL PERÚ Y LE AFEA SU OBST1NADA DISIDENCIA, SIN DEJARLE DE ADVERTIR QUE EL PODER DE LEY CAERÁ SOBRE QUIENES RECHACEN SUS OFERTAS DE PAZ.*

Lima, 1º de octubre de 1823. Copia inclusa.

Al Señor Riva-Agüero.

Con esta fecha ha expedido el Congreso Constituyente del Perú el Decreto que por orden de S.E. el Libertador incluyo a Vmd.

El Libertador tiene una repugnancia invencible a mezclarse en negocios entre hermanos que se disputan entre sí y se combaten de un modo cruel. Nada obligará al Libertador a emplear la fuerza contra Vmd. y sus partidarios si no recibe una nueva prueba de su obstinada negativa a la sumisión que se debe al Congreso Constituyente. Además será una causa mayor el empeño de Vmd. en dar la muerte a su patria y una cooperación muy directamente en favor de los enemigos comunes [denegándose] [1]] la negativa a reunir las fuerzas que le obedecen a Vmd. a las libertadoras de su patria, los aliados, que han venido a servirla a costa de sus sacrificios los más dolorosos; Vmd. está hostilizando el país que debe alimentarnos y privándonos de los recursos con que debemos hacer la guerra al enemigo común. Las tropas del Perú, Chile y Colombia están comprometidas en la Paz y Arequipa contra fuerzas superiores y el éxito de nuestros hermanos depende en gran parte de los esfuerzos de las tropas que están prontas para marchar a destruir los cuerpos enemigos que ocupan el Valle de Jauja. Todos los sacrificios los ha hecho Lima para esta expedición: sólo falta que Vmd. se someta al Congreso para que no amenace a esta capital y puedan desde luego salir de ella los aliados sin riesgo del gobierno y pueblo limeño.

El Libertador está resuelto a marchar a Jauja inmediatamente siempre que las tropas del mando de Vmd. se sometan al Congreso Constituyente y marchen a reunirse al ejército libertador en el Valle de Jauja. Si por el contrario Vmd. y las tropas de su mando rehusaren cumplir con su deber, desconociendo la autoridad legítima y denegándose a contribuir a la libertad del Perú, el peso de la ley caerá sobre las cabezas de los culpables de lesa patria [majestad] [2]] que han cometido el sacrilegio atroz de hollar el templo de las leyes y de emplear las armas de la libertad contra los [Ministros] [3]] representantes del pueblo y de sus derechos.

Los decretos del Congreso serán cumplidos religiosamente por el Libertador si Vmd. no quiere merecer por su sumisión al poder soberano la interposición amistosa de un aliado que nada tiene tan cerca de su corazón como la libertad del Perú y los derechos del pueblo.

Los Señores  [4]] presentarán a Vmd. las miras del Libertador y las ofertas que repite de perfecta garantía y seguridad en favor de Vmd. y de los súbditos que le obedecen.

Dios guarde, etc.

[JOSÉ GABRIEL PÉREZ]

* De un copiador del Archivo del Libertador. Sección O’Leary. Tomo XX. Segunda parte. Folio 200 a 201 y vuelto.

Notas

[1] [Tachado en el copiador.

[2] [Tachado en el copiador.

[3] [Tachado en el copiador.

[4] [Aunque no figuran en este oficio, es entendido que aquí se refiere Bolívar a los comisionados Araoz, Alcázar y Elizalde.

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