Lima, 11 de octubre de 1823.
Al Señor Comandante de Vargas.
S.E. el Libertador, a quien he dado cuenta del oficio de V.S. de 9 del corriente en que me habla sobre las compañías de Granaderos y Cazadores de su cuerpo agregados al batallón de Bogotá. Se ha servido resolver:
1° Que estas compañías mientras estén en un mismo punto los batallones del mando de V.S. y el de Bogotá, vuelvan a su cuerpo, y que los considere V.S. en un todo como naturales de él.
2º Que cuando se separen estos dos cuerpos, se agreguen de nuevo a Bogotá cuyo Comandante quiere S.E. que los considere entonces como efectivos en su cuerpo, en todo lo directivo y servicio de armas, pero de ningún modo en cuanto toque a hacer la menor alteración en su fuerza, clases, órdenes interiores que hubiesen antes recibido en su cuerpo, cambios de armamento, vestuario, equipo, y por último en todo aquello que toca al Comandante nato de ellos que es V.S. Y si S.E. dispone que el Señor Comandante de Bogotá, en su caso se entienda en todo lo directivo, y en el servicio de armas, es por razones particulares que S.E. tiene para ello. Lo comunico a V.S. de orden de S.E. para su inteligencia y cumplimiento en la parte que le toca.
Dios guarde, etc.
[JOSÉ GABRIEL PÉREZ]
* De un copiador del Archivo del Libertador. Sección O’Leary. Tº XX. Segunda parte. Fº 172 vto.