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DOCUMENTO 8202. OFICIO DE JOSÉ GABRIEL PÉREZ PARA EL COMANDANTE DE LA GOLETA DE GUERRA "GUAYAQUILEÑA", FECHADO EN SUPE EL 16 DE NOVIEMBRE DE 1823, EN EL CUAL LE COMUNICA INSTRUCCIONES DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLIVAR QUE DEBE SEGUIR RELATIVAS A LA NAVE DE SU MANDO.*

Supe, a 16 de noviembre de 1823.

Al Comandante de la Goleta de guerra Guayaquileña. S.E. el Libertador me manda trasmitir a usted las instrucciones siguientes:

V.S. dará la vela con la goleta de su mando con destino a bloquear los puertos del norte comprendidos desde Supe hasta Huanchaco.

V.S. se mantendrá en el crucero de la parte comprendida entre dichos paralelos, sin permitir que buque alguno de ninguna nación ni procedencia, entre en ninguno de los puertos expresados, ni pueda acercarse a aquella costa.

Los buques extranjeros que ignorantes del actual bloqueo arribaren a dicha costa, serán notificados por V.S. y devueltos para que se dirijan a los puertos libres.

Pero todo buque, sea nacional o extranjero que sea aprehendido en contravención a las leyes del bloqueo, será retenido por V.S hasta que se declare ser buena o mala presa.

V.S. deberá permanecer en el indicado crucero hasta que reciba nueva orden.

Entre tanto, se le autoriza a V.S. para que pueda tomar los víveres necesarios para la tripulación de su buque, de los mismos buques que encuentre o que aprese, o bien de tierra.

V.S. recorrerá todos los puertos, ensenadas y demás caletas comprendidas entre los paralelos indicados; sacará de todos ellos, todos, todos los buques que encuentre, sin excepción alguna, los retendrá consigo con las debidas precauciones, trasbordando la tripulación de ellos y empleando 1as medidas de seguridad que están en práctica, hasta que se le indique a usted el puerto a donde debe llevarlos para hacer las averiguaciones conducentes a fin de esclarecer a quien pertenecen y hacer la declaratoria que haya lugar, según fueren no propiedades enemigas.

Los buques extranjeros serán tratados por V.S. con la mayor dignidad, a fin de que no tengan queja alguna del pabellón del Perú ni de Colombia, y que se convenzan es respetado el derecho de las Naciones.

Dios, etc.

[JOSÉ GABRIEL PEREZ

* De un copiador del Archivo del Libertador. Sección O’Leary. Tº XXI, parte primera, Fº 3 vuelto, 4 y vuelto.

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