Al Señor Comandante de Esmeraldas.
Impuesto S.E. de que han llegado a esa costa los prisioneros fugados de Balsapamba, dispone: que los que sean aprehendidos de éstos o de los que los acompañaren sean inmediatamente fusilados, cualquiera que sea el número de los aprehendidos.
U. me dará aviso del cumplimiento de esta orden.
Dios etc.
Quito, 25 de enero de 1823.
TOMAS DE HERES
* De un impreso moderno. O’Leary, Memorias; tomo XIX, pág. 439.