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DOCUMENTO 6607. OFICIO DE JOSÉ GABRIEL PÉREZ PARA EL INTENDENTE DEL CAUCA, FECHADO EN POPAYAN EL 3 DE FEBRERO DE 1822, EN EL CUAL, DE ORDEN DE BOLÍVAR, SE REFIERE A LO DISPUESTO POR ESTE EN TORNO AL ENJUICIAMIENTO DEL COMANDANTE VÁRELA A QUIEN SE ACUSA DE CONDUCTA CRIMINAL EN LA PROVINCIA DE BARBACOAS.*

Popayán, febrero 3 de 1822.

Al Intendente del Cauca.

Son varias las quejas, los informes y aun acusaciones que han hecho a S.E. el Libertador contra el Ciudadano Comandante de la Costa, Várela, lo reputan varias personas como la causa principal de los males que ha sufrido la Provincia de Barbacoas y de la mala opinión que allí se tiene de los Colombianos. Dicen que ha extorsionado a varias personas, robándoles sus intereses y sus bienes: que ha saqueado las casas y aun las Iglesias, extrayendo las alhajas y vasos de ellas: que ha robado la mina y casa de Don Fernando angulo, dando tormento a los negros sus esclavos para que confesara donde tenía puestos Ángulo sus intereses, y que atormentados los negros confesaron donde estaban los intereses y se los robó todos: en fin, lo acusan de haber arruinado enteramente la Provincia de Barbacoas con sus robos, violencias y mala conducta.

Está bien informado S.E. el Libertador de que hace mucho tiempo que V.S. es sabedor de los crímenes del Comandante Várela, y sabe también que no se ha tomado contra él la menor providencia; sabe que el Señor General Torres le previno a V.S. que lo juzgase y sabe que V.S. no lo ejecutó.

S.E. está asombrado de ver la impunidad y el crimen unidos en presencia del Juez, de ver asociados y confundidos a los malhechores con los nombres honrados y de ver sentados bajo la sombra de la Ley al inocente y al culpado, sintiendo su mismo benéfico influjo. S.E. no extraña que los pueblos no hagan diferencias entre el antiguo y el presente régimen, pues experimentan los mismos males en éste que en aquél y ven impune a los malhechores y mudas las leyes.

S.E. previene a V.S. que inmediatamente ponga en arresto al Comandante Várela, a quien le juzgará y aplicará la pena más severa de la ley, siempre que resulte culpable de los crímenes de que le acusan; dando V.S. parte a S.E. del resultado del juicio.

Dios guarde, &.

NOTA: Este documento está íntegramente tachado en el original.

* De un copiador del Archivo del Libertador. Sección O’Leary, tomo 125 al 126.

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