Capitulaciones concluidas entre SS. EE., el General en Jefe del Ejército de la Unión, ciudadano Simón Bolívar, y el Presidente de Cundinamarca, D. Manuel Bernardo Alvarez [1]
El General en Jefe del ejército de la Unión, ciudadano Simón Bolívar, teniendo reducida la guarnición de Santafé a sólo el recinto de la plaza mayor de la ciudad, y deseando evitar mayor [2] efusión de sangre, y el Excmo. señor Presidente de Cundinamarca, de la otra parte, acompañado del General don José Leyva [3], y de don Ignacio Herrera [4], único funcionario útil por no haberse podido reunir la Representación nacional de la Provincia en las actuales circunstancias; estando de una y otra parte bien persuadidos de los graves males que se seguirían de la continuación de la guerra tanto a Cundinamarca como a toda la Nueva Granada, han venido en acordar y han [5] convenido en los artículos siguientes de capitulación.
Artículo 1°—Cesará desde este momento toda especie de hostilidad entre uno y otro ejército, y las tropas se considerarán desde ahora como hermanas y amigas [6].
Artículo 2°—El Gobierno de Cundinamarca reconoce al de la Unión, y se obliga a prestarle [7] la misma deferencia y obediencia que le prestan las demás Provincias federadas; y el Gobierno General ofrece por su parte tratar a la Provincia de Cundinamarca como a la más favorecida.
Artículo 3°—El dicho Gobierno de Cundinamarca se obliga igualmente a poner a las órdenes del General en Jefe de la Unión todas las armas, municiones, parques, almacenes, y depósitos de todo [8] efecto de guerra.
Artículo 4°—El mismo Gobierno se obliga también a convocar y reunir el Colegio Electoral de la Provincia, tan pronto como sea posible en lugar seguro, y con toda la garantía necesaria para que proceda libremente a los arreglos interiores de la Provincia, conforme al voto de los pueblos, y cuya instalación protesta que no se estorbó [9] sino por ¡falta de legitimidad en los poderes de los electores.
Artículo 5°—Ningún soldado de la Unión, ni ninguno del ejército de Santafé conservará ningún sentimiento de enemistad hacia los otros; habrá de una y otra parte un olvido general de los acontecimientos precedentes; y el General en Jefe del Ejército de la Unión ofrece de su parte la más segura garantía de honor, personas, y propiedades a todos los ciudadanos de Cundinamarca, sin distinción de origen, en virtud de la noble y valiente conducta con que se ha hecho la guerra recíprocamente.
Artículo 6°—Tanto el General en Jefe del Ejército de la Unión, como el Excmo. señor Presidente de Cundinamarca se obligan a guardar y a hacer [10] guardar estos artículos de capitulación; se ofrecen [11] mutuamente la más sincera y cordial amistad, y se aseguran que habrá de una y otra parte la conducta más fraternal, una paz y unión sólida y la mejor armonía entre todos los ciudadanos como pertenecientes a una sola familia, estado y nación.
Y en virtud de esto, una y otra parte contratantes han firmado y sellado este convenio en el Cuartel General Libertador a doce de diciembre de mil ochocientos catorce, 4° de la Independencia.
SIMÓN BOLÍVAR
PEDRO DE BRICEÑO MÉNDEZ,
Secretario del General en Jefe
MANUEL BERNARDO ALVAREZ
JOSÉ DE LEIVA IGNACIO DE HERRERA
EUGENIO MARTIN MELENDRO,
Secretario del Presidente
* Para la fijación de este texo, la Comisión Editora ha tenido en cuenta tres fuentes: 1) el impreso intitulado: "Comunicaciones entre el Excmo. Señor General en Jefe del Ejército de la Unión y su Excelencia el Presidente del Estado de Cundinamarca", publicado en Santafé de Bogotá, en la imprenta del Estado, año de 1814-2°, por el ciudadano Juan Rodríguez Molano, del cual se conserva un ejemplar en el Archivo del Libertador, Vol. 21, folio 311-316; 2) el texto del Copiador, escrito de letra de un amanuense de la Secretaría, conservado en el mismo Archivo del Libertador, Vol. 22, folio 257; y 3) la “Historia de la Revolución de la República de Colombia”, por José Manuel Restrepo. París. Librería Americana, 1827, tomo X, pp. 61-64. La Comisión Editora ha estimado como fuente principal la del impreso de época coetánea, y ha señalado en notas, las diferencias con los otros dos textos. El Dr. Vicente Lecuna, en su Informe dirigido al Ministro de Instrucción Pública el 31 de julio de 1919, dice que no recibió el original de este documento al serle entregados los tomos para el Archivo del Libertador por el señor Miguel Sgobel, pues efectivamente O’Leary, al publicarlo en el tomo XIII de sus “Memorias” (pp. 577-578), afirma haberlo tomado del original.