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DOCUMENTO 64. NOTA VERBAL DIRIGIDA AL MARQUES DE WELLESLEY POR BOLÍVAR Y LÓPEZ MÉNDEZ, A LA QUE SE REFIERE EL DOCUMENTO PRECEDENTE.*

Londres, 21 de julio de 1810.

Al Marqués de Wellesley

Los Comisionados de la Junta Suprema de Venezuela, presentando sus respetos al Excmo. señor Marqués Wellesley, tienen el honor de indicarle, en virtud de lo que S.E. se ha servido insinuarles en su conferencia del jueves último, las miras de su Gobierno en la misión que les ha conferido.

El primer deber de los Comisionados es suplicar a S. E. se sirva ser el intérprete de su profundo y respetuoso reconocimiento a la benévola acogida que S.M.B. se ha dignado dar a los votos del pueblo y Gobierno de Venezuela.

Impuesto S.E. de los principios que ha tenido la transformación política de aquellas Provincias y del espíritu que anima a su Junta Suprema, no puede menos de ver en ellos el mejor garante de la sincera disposición de los pueblos de Venezuela a conservar sus relaciones de amistad, comercio y buena correspondencia con los subditos de S.M.B.

Las solemnes declaraciones de aquel Gobierno incluyen, además, la seguridad de que bien lejos de aspirar Venezuela a romper los vínculos que la han estrechado con la Metrópoli, sólo ha querido ponerse en la actitud necesaria para precaver los peligros que la amenazaban.

Independiente, como lo está, del Consejo de Regencia, no se considera ni menos fiel a su monarca, ni menos interesada en el éxito feliz de la santa lucha de España.

Desenvuelta así la posición de Venezuela, se hallan a descubierto sus intereses y los objetos de esta misión.

1º Venezuela, como parte integrante del imperio español, se halla amenazada por la Francia y desea apoyar su seguridad en la protección marítima de la Inglaterra. El Gobierno de Venezuela de­searía también que por el de S.M.B. se le facilitasen del modo conveniente los medios que puedan serle necesarios para defender los derechos de su legítimo Soberano y para completar sus medidas de seguridad contra el enemigo común.

2º La resolución de Venezuela puede ser un motivo de disen­siones desagradables con las Provincias que hayan reconocido la Regencia, y este Gobierno central tratará acaso de hostilizarla di­rectamente o de turbar su paz interior fomentando facciones peli­grosas. Los habitantes de Venezuela solicitan la alta mediación de S.M.B. para conservarse en paz y amistad con sus hermanos de ambos hemisferios.

3º Requiriendo la continuación de las relaciones de amistad, co­mercio y correspondencia de auxilios entre las Provincias de Ve­nezuela y la Madre Patria algunas estipulaciones entre los respec­tivos Gobiernos, el de Venezuela se prestaría con toda confianza a ellas bajo la garantía de S.M.B.

4º Sería también tan importante como conforme a los deseos de la Junta de Venezuela, que el Gobierno de S.M.B. se sirviese expedir instrucciones a los Jefes de las Escuadras y Colonias de las Antillas, para que favoreciesen del modo posible los objetos insi­nuados, y muy especialmente las relaciones comerciales entre aque­llos habitantes y los subditos de S.M.B. que gozarán de nuestro comercio como una de las naciones más favorecidas.

Los Comisionados no deben terminar esta exposición sin ase­gurar a S.E. el Marqués Wellesley que su deferencia corres­ponderá en todos casos al modo franco y amistoso con que S.E. les ha hecho el honor de tratarlos.

SIMON DE BOLIVAR

LUIS LOPEZ MENDEZ

* De este documento existe el borrador manuscrito, de puño y letra de Andrés Bello, conservado en el Archivo Histórico Nacional de Co­lombia. La Comisión Editora ha tenido a la vista el microfilme de esta documentación, el cual se conserva en la Fundación John Boulton, Sec­ción Venezolana del Archivo de la Gran Colombia, Caracas. Concuerda su texto con la copia existente en el Archivo del Libertador, Vol. 196. Fos. 69-70, en la cual lleva indicación de "Nº 2", con lo que indica que habrá sido enviado como documento anexo a otra comunicación. Acerca del destinatario, véase la nota principal del doc. Nº 59.

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