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DOCUMENTO 9896. DECRETO DEL LIBERTADOR EMITIDO EN LA VILLA DE CHANCA Y EL 10 DE NOVIEMBRE DE 1824, POR MEDIO DEL CUAL DISPONE LA HABILITACIÓN, COMO PUERTO MAYOR, EL DE ANCÓN.*

SIMÓN BOLÍVAR,

Libertador Presidente de la República de Colombia y Encargado del Poder Dictatorial de la del Perú, &, &.

Conviniendo a los intereses nacionales mantener por ahora un puerto mayor en los puntos libres más inmediatos a la capital de Lima;

He venido en decretar y decreto lo siguiente:

1° Queda habilitado por ahora como puerto mayor el de Ancón.

2° La administración y resguardo, conveniente a la seguridad de los in­tereses públicos, residirán necesariamente en dicho puerto.

3° Se nombrarán los empleados más precisos para este stablecimiento, quienes se sujetarán en todo a los reglamentos, leyes y decretos, que hasta aquí se hubieren expedido sobre la exacción de derechos, &.

Imprímase, publíquese y circúlese.

Dado en la villa de Chancay, a 10 de noviembre de 1824. 3° de la Re­pública.

[SIMÓN BOLÍVAR]

Por orden de S.E.

[JOSÉ SÁNCHEZ CARRIÓN]

* De un impreso moderno: Blanco y Azpurúa. Documentos para la historia de la vida pública del Libertador, Tomo IX, p. 408, el cual omite la fuente. También se encuentra en: Decretos del Libertador (1824-1825), p. 324.

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