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DOCUMENTO 572 COMUNICACIÓN DEL SECRETARIO DE HACIENDA, ANTONIO MUÑOZ TEBAR, A LAS AUTORIDADES DEL CONSULADO DE CARACAS, FECHADA EN ESA CIUDAD A 3 DE ENERO DE 1814, SOBRE UNA PENSIÓN VITALICIA QUE EL CITADO CUERPO HABÍA ACORDADO AL LIBERTADOR Y AL GENERAL JOSÉ FÉLIX RIBAS*

[El 13 de diciembre de 1813, el Consulado de Caracas había celebrado una sesión en la cual, luego de aclamar con el sobrenombre de Libertador —tal como lo hiciera el Concejo Municipal anteriormente— al General Simón Bolívar, había acordado señalarle una pensión vitalicia de 6.000 pesos anuales, así como otra de 4.000 pesos anuales al General José Félix Ribas, todo sobre el fondo llamado de Subvención, cuyos caudales se remitían a España antes de la Independencia. Informado el Libertador de estos acuerdos, contestó en Caracas mediante "un oficio que con fecha 3 del corriente [enero de 1814] pasó el ciudadano Ministro de Estado y del Despacho de Hacienda [Antonio Muñoz Tébar] a los ciudadanos Prior y Cónsules por el que les manifiesta que el Excelentísimo General en Jefe ciudadano Simón Bolívar, acepta el sobrenombre de Libertador con que le aclamó el Consulado, no admite la pensión de 6.000 pesos que le señala de los fondos de subvención a causa de la escasez de caudales públicos, y aprueba la de 4.000 asignados al General de División ciudadano José Félix Ribas siempre que preste su conformidad..." No se conoce de este oficio de Muñoz Tébar sino la parte que se ha transcrito, la cual aparece glosada en el Acta de la Junta ordinaria del Consulado de 10 de enero de 1814. En esa Junta, las autoridades de aquella institución acordaron reiterar la propuesta de la pensión hecha al Libertador, a pesar de haberla él rechazado. Ello dio lugar a una nueva comunicación de Muñoz Tébar (Véase el Doc. N° 602) del día 11 de enero de 1814.

* De un impreso moderno. “Boletín de la Academia Nacional de la Historia”, Caracas, N° 69, pp. 31-32. Reproduce el Acta de la Junta del Consulado de 10 de enero de 1814, de la cual se han extraído los datos que damos más arriba. Firman el acta: Carlos Machado, Teniente de Prior: Marcelino Argain, Cónsul I°; (Francisco?) Camacho, Cónsul 2°; los Conciliarios Rivas, Herrera, Ascanio y Domínguez; el Síndico Francisco Javier de Uztáriz; y la autoriza el Secretario Miguel Zárraga. Sobre el Consulado en esa época, véanse las notas principales de los Docs. Nos. 433 y 555 en la Correspondencia Oficial. La Comisión Editora no ha tenido a la vista el documento original. Aun cuando en el Boletín citado el acta se publica con la fecha de "1° de enero de 1814", es evidente que la correcta ha de ser "10 de enero de 1814". En primer lugar, obsérvese que en la propia acta se habla del "3 del corriente", lo cual no tendría sentido si fuese del día 1° Luego, en el documento N° 602, que lleva fecha de 11 de enero de 1814, se alude claramente a dicha acta mencionándola como "la Junta de Gobierno [del Consulado] celebrada el día de ayer".

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