Circular N° 38.
Trujillo, abril 15 de 1824.
Al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Departamento.
Tengo la honra de contestar a la muy apreciable comunicación, que se sirvió V. S. dirigirme con fecha de ayer, sobre si el Tribunal, lo sea también de seguridad pública, que S. E. el Libertador, no ha cambiado de determinación y que por lo mismo está vigente y debe observarse el decreto de 3 de abril, sobre la materia. Dios, etc.
* De un impreso moderno: Eguiguren, L. A., Sánchez Carrión, p. 19.