Ilmo. Señor Arzobispo.
En consecuencia de lo que V.S. Ilma., manifiesta en oficio de 10 de mayo último, sobre el reclamo del Pbro. Dr. Don Miguel Landa, elegido para Síndico de la Municipalidad de La Guaira, que ha resistido en la misma, el Libertador ha declarado que la condición de que no se admitiese excusa ni pretexto alguno, sea el que fuere, a los elegidos para oficios Municipales, en que se funda la de La Guaira, es y se entiende de aquellos que, siendo capaces y aptos, pretendan eximirse, cuyas cualidades no concurren en los Eclesiásticos que, por su carácter y Ministerio, están prohibidos por derecho canónico de ejercer, ni mezclarse en funciones políticas de ninguna calidad; en cuya virtud declaró también nula su elección, mandando recaiga en quién más votos hubiese tenido después de dicho Presbítero.
Lo comunico a V.S.
Ilma., en contestación.
Dios guarde a V.S. Ilma., muchos años.
Caracas, 6 de Junio de 1814. 4°.
RAFAEL D. MERIDA.
* Del original. Archivo Arquidiocesano, Caracas. La firma y rúbrica de Rafael Diego Mérida son autógrafas. El resto del documento es de amanuense no identificado. El documento fue facilitado a la Comisión Editora por el Director del Archivo, Fray Cesáreo de Armellada.