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DOCUMENTO 594 COMUNICACIÓN DEL SECRETARIO DE GUERRA, FECHADA EN CARACAS, EL 9 DE ENERO DE 1814, RELATIVA AL ABONO DEL DERECHO DE INVALIDEZ A JOSÉ ANTONIO CAMACHO*

Señor Director General de Rentas.

El señor Secretario de guerra con fecha de 9 del corriente me dice lo que sigue. "Disponga V.S. que al inválido ciudadano José Antonio Camacho se le abonen los que le corresponden, [1] según la cédula que presente; y de orden del Libertador lo aviso a V.S. para su cumplimiento".

Y lo transcribo a V.S. incluyendo el adjunto documento para su cumplimiento.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Caracas, Enero 10 de 1814, [2] 4°y 2°.

ANTONIO MUÑOZ TEBAR.

* Del original. Archivo del Libertador, Vol. 55, folio 168. La firma y la rúbrica de Antonio Muñoz Tébar son autógrafas; el resto, de letra de un amanuense. No se conoce el documento original del Secretario de la Guerra, Tomás Montilla, que aparece transcrito en el que reproducimos; tal documento era indudablemente, como se expresa en la nota de Muñoz Tébar, del 9 de enero de 1814.

Notas

[1] Es una elipsis un tanto forzada, por "los inválidos [i., e., los haberes de invalidez] que le corresponden". En esa época la voz "inválidos", además de designar a los militares que habían quedado permanentemente impedidos para el servicio a causa de alguna herida o enfermedad, se aplicaba también, por extensión, a los haberes o pensiones que se les abonaban.

[2] Fechado "1813" por error de pluma del amanuense. Restituimos la fecha correcta que no puede ser sino "1814".

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