DOCUMENTO 6389 DECRETO DE BOLÍVAR, FECHADO EN ROSARIO EL 9 DE OCTUBRE DE 1821, POR EL CUAL DELEGA EL MANDO EN EL VICEPRESIDENTE.*
Sección
19) Período (01SEP AL 31DIC 1821) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
SIMÓN BOLÍVAR
Libertador Presidente, &a, &.
Autorizado por el Congreso General en decreto de esta fecha para mandar las armas en persona todo el tiempo que lo estime conveniente, vengo en decretar:
1° Durante mi ausencia en el mando de los ejércitos, el Vicepresidente de la República ejercerá las funciones del Poder Ejecutivo conforme a lo prevenido en el artículo 108 de la Constitución.
2° Este decreto comenzará a tener su cumplimiento desde el 10 del corriente en que habré verificado mi salida de esta capital.
3° El Ministro del Interior lo comunicará y hará circular a todas las autoridades y jefes a quienes corresponda.
Dado en la Villa del Rosario de Cúcuta, a 9 de octubre de 1821. 11°.
SIMÓN BOLÍVAR
Por S.E. el Libertador Presidente,
el Ministro del Interior, Diego B. Urbaneja.
(Archivo Nacional de Colombia, Decretos del Poder Ejecutivo Nacional, de 5 de abril de 1819 a 9 de octubre de 1821, folios I4r y v.).
* Decretos del Libertador, Tomo I, p. 243
Traducción