DOCUMENTO 6389 DECRETO DE BOLÍVAR, FECHADO EN ROSARIO EL 9 DE OCTUBRE DE 1821, POR EL CUAL DELEGA EL MANDO EN EL VICEPRESIDENTE.*

Sección
19) Período (01SEP AL 31DIC 1821) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
SIMÓN BOLÍVAR

Libertador Presidente, &a, &.

Autorizado por el Congreso General en decreto de esta fecha para mandar las armas en persona todo el tiempo que lo estime conveniente, vengo en decretar:

1° Durante mi ausencia en el mando de los ejércitos, el Vicepresidente de la República ejercerá las funciones del Poder Ejecutivo conforme a lo prevenido en el artículo 108 de la Constitución.

2° Este decreto comenzará a tener su cumplimiento desde el 10 del corriente en que habré verificado mi salida de esta capital.

3° El Ministro del Interior lo comunicará y hará circular a todas las autoridades y jefes a quienes corresponda.

Dado en la Villa del Rosario de Cúcuta, a 9 de octubre de 1821. 11°.

SIMÓN BOLÍVAR

Por S.E. el Libertador Presidente,

el Ministro del Interior, Diego B. Urbaneja.

(Archivo Nacional de Colombia, Decretos del Poder Ejecutivo Nacio­nal, de 5 de abril de 1819 a 9 de octubre de 1821, folios I4r y v.).

* Decretos del Libertador, Tomo I, p. 243

Traducción