DOCUMENTO 10601. OFICIO DE FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, MINISTRO DE LA SECRETARÍA, PARA EL MINISTRO DE GOBIERNO DEL PERÚ, FECHADO EN EL CUZCO EL 8 DE JULIO DE 1825, POR MEDIO DEL CUAL LE COMUNICA LAS NORMAS EMITIDAS POR EL LIBERTADOR EN LO CONCERNIENTE A LA TRAMITACIÓN DE ASUNTOS OFICIALES CORRESPONDIENTES A LOS DEPARTAMENTOS DE AREQUIPA, CUZCO Y PUNO. ORDENA TAMBIÉN QUE DICHAS NORMAS SEAN PUESTAS EN CONVENIMIENTO DEL CONSEJO DE GOBIERNO.*
Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Cuzco, 8 de julio de 1825.
Al Señor Ministro del Gobierno [del Perú].
El prefecto de este departamento en nota de 6 del corriente acompaña la que con fecha 16 de mayo lo fue dirigida por V.S., a efecto de que se entendiera con el Consejo de Gobierno, sobre todos los asuntos que el decreto de 24 de febrero deja a su dirección inmediata.
El prefecto justamente observa que los asuntos de los departamentos de Arequipa, Cuzco y Puno deben ser despachados por la Secretaría General de S.E. el Libertador conforme al artículo 12 del citado decreto: que en estos mismos departamento tendrán lugar las providencias y decretos del Consejo de Gobierno, después de consultadas para su ejecución a la misma Secretaría General conforme al artículo 13.
A consecuencia de todo y para evitar dudas y tropiezos en la administración de estos departamentos, S.E. el Libertador, me manda decir al Consejo de Gobierno por conducto de V.S., que conforme a la letra y espíritu del supremo decreto citado, los departamentos de Arequipa, Cuzco y Puno deben entenderse directamente, y en todo ramo con esta Secretaría General, dando cuenta al Consejo de Gobierno de las resoluciones que S.E. haya tenido a bien dictar, así como deberán hacer lo mismo con las que el Consejo de Gobierno mande comunicarles, poniéndolas en conocimiento de esta secretaría para que se ejecute o no según convenga. De este modo, se consulta el mutuo conocimiento de las resoluciones del Consejo de Gobierno y S.E. el Libertador, y se centraliza también la administración de la República.
De orden de S.E. tengo la honra de comunicarlo a V.S., para que el Consejo de Gobierno lo tenga entendido.
Soy, etc.
[FELIPE S. ESTENÓS]
* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 38, folio 213 recto y Vto.
Traducción