DOCUMENTO 10597 DECISIÓN MARGINAL EMITIDA POR EL LIBERTA­DOR Y REDACTADA POR EL MINISTRO DE LA SECRETARÍA, FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, FECHADA EN EL CUZCO EL 7 DE JULIO DE 1825, POR MEDIO DE LA CUAL ASIGNA 500 PESOS A CADA UNO DE LOS JUECES DE DERECHO.*

Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Cuzco, 7 de julio de 1825.

Que se diga que sobre los emolumentos de despacho asignados a los jueces de derecho se les señaló y dé a cada uno de ellos 500 pesos de los propios de la ciudad, consecuente con lo propuesto por el juez de derecho y apoyado por el señor prefecto.

[FELIPE S. ESTENÓS]

*Del original. Archivo del Libertador, Sección Juan de Francisco Martín, tomo 136, folio 285 recto. Se originó la presente decisión en la comunicación del general Agustín Gamarra, en el Cuzco el 26 de mayo de 1825, en la cual trata lo concerniente a una mejora económica de los funcionarios de justicia.

Traducción