DOCUMENTO 10590. OFICIO DE FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, MINISTRO DE LA SECRETARÍA, PARA EL PREFECTO DEL CUZCO, FECHADO EN EL CUZCO EL 7 DE JULIO DE 1825, POR MEDIO DEL CUAL LE COMUNICA LA DECISIÓN DEL LIBERTADOR CON RESPECTO A LA LEGALIZACIÓN DE LA TENENCIA DE TIERRAS POR ALGUNOS CIUDADANOS.*

Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Cuzco, 7 de julio de 1825.

Al Señor Prefecto del Cuzco.

He puesto en el conocimiento de S.E. el Libertador la nota de V.S. de 27 de junio próximo pasado, en que acompaña un expediente promovi­do por los peruanos del pueblo de Anta [ 1 ], quejándose del agravio padecido en el repartimiento de tierras que por disposición del gobierno español se hizo años atrás a favor de los generales, oficiales y tropa que expedicionaron en 1814.

S.E. el Libertador me manda contestar a V.S. que a los individuos que estén en posesión de estas tierras, siendo godos y de mal comportamiento, se les quiten, y se les devuelvan a los indios que acrediten su propiedad, no entendiéndose esta determinación con aquéllos de buen proceder [ 2 ], pues a éstos quiere S.E. no sean molestados en nada para evitar así los pleitos que pudieran sobrevenir.

Soy, etc.

[FELIPE S. ESTENÓS]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 38, folio 210 Vto.

NOTAS

1) Anta: población ubicada en la provincia de Carhuaz, departamento de Ancash, Perú.
2)
Interlineada la frase: ""pues a éstos quiere S.E. no sean molestados en nada"".

Traducción