DOCUMENTO 10232 OFICIO DEL CORONEL JOSÉ GABRIEL PÉREZ PARA EL MINISTERIO DE GOBIERNO DEL PERÚ, FECHADO EN ACARI EL 29 DE ABRIL DE 1825, POR EL CUAL COMUNICA LA ORDEN DEL LIBERTADOR PARA QUE EL CONSEJO DE GOBIERNO, A SU VEZ, ORDENE LA CONSTRUCCIÓN DE CEMENTERIOS FUERA DE LA CIUDAD PARA ERRADICAR LA PRÁCTICA DE INHUMAR CADÁVERES EN LOS TEMPLOS.*

Sección
29) Período (02ENE AL 30JUN 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Acari, 29 de abril de 1825.

Al Señor Ministro de Gobierno del Perú.

S.E. el Libertador ha visto con el más vivo sentimiento del abandono en que se halla la salud pública en casi todos estos lugares.

En la mayor parte no hay panteones o cementerios; el templo del Omnipotente que es el depósito de los cadáveres, que amontonados en pequeños recintos, inficionan a los vivos cuando van a implorar la beneficencia divina. La salud pública es uno de los primeros objetos del Gobierno que llama una parte muy principal de su atención. Desea S.E. que el Consejo de Gobierno, por una orden general, prevenga el establecimiento de cementerios, escogidos con anuencia de los jueces civiles, situados fuera de las poblaciones, y a sotavento [ 1 ]] de ellas, y que se encomendase el celo en la observación de las órdenes que se den de los jueces civiles de los lugares dictando el Consejo de Gobierno sobre esta materia cuantas providencias crea convenientes a la salud pública.



La viruela maligna se extiende prodigiosamente por toda la República, y lleva sus estragos a todas partes. Impedir los progresos de este contagio desolador, debe ser también objeto digno del Consejo de Gobierno. La propagación del fluido vacuno, cuidadosamente protegido por el Gobierno, y el establecimiento de lugares indestinados, fuera de las poblaciones para la curación de los virulentos, serían medidas que podrían disminuir los estragos de la viruela maligna. S.E. encarga al Consejo de Gobierno el ramo de policía que se ocupa de la salud de los pueblo.

Soy de V.S.

[JOSÉ GABRIEL PÉREZ]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 38, folios 43 Vto. - 44 Vto.

NOTAS

1) Sotavento: voz empleada para fines referenciales, indica la posición de una localidad o de un accidente orográfico con respecto a otro. Por ejemplo, para un barco que desde el Este, navega hacia La Guaira, el puerto de Barcelona, se halla a barlovento del puerto hacia el cual se dirige, mientras que Puerto Cabello está a sotavento.

Traducción