DOCUMENTO 10208 DECRETO DEL LIBERTADOR DADO EN LIMA EL 30 DE MARZO DE 1825, POR MEDIO DEL CUAL QUEDA ESTABLECIDO EL SUELDO DE LOS OFICIALES MAYORES DE LOS TRES MINISTERIOS DEL ESTADO DEL PERÚ.*

Sección
29) Período (02ENE AL 30JUN 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
SIMÓN BOLÍVAR, LIBERTADOR,



Presidente de la República de Colombia, Libertador de la del Perú, y encargado del Supremo mando de ella, &, &, &.

Considerando:

El asiduo trabajo y responsabilidad de los oficiales mayores de los ministerios de Estado y el rango que corresponde a estos destinos,

He venido en decretar y decreto:

El sueldo de cada uno de los oficiales mayores de los tres ministerios de Estado será, en adelante, tres mil pesos anuales.

El Ministro de Estado en el Departamento de Hacienda, queda encargado de comunicar este decreto a quienes corresponda.

Dado en el Palacio del Supremo Gobierno, en Lima, a 30 de marzo de 1825.6° y 4°-

SIMÓN BOLÍVAR

Por orden de S.E.

JOSÉ MARÍA DE PANDO

* De un impreso coetáneo: Gaceta de Gobierno [del Perú], N° 31, torno 7, del 7 de abril de 1825, p. 1.

Traducción