DOCUMENTO 6372 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ AL VICEPRESIDENTE DE VENEZUELA, FECHADO EN ROSARIO EL 8 DE OCTUBRE DE 1821, POR EL CUAL LE PARTICIPA QUE EL LIBERTADOR DISPONE QUE SE LE ABONE LA MEDIA PAGA AL GENERAL MARINO QUIEN TIENE LICENCIA TEMPORAL ILIMITADA HASTA QUE RESTABLEZCA SU SALUD.*

Sección
19) Período (01SEP AL 31DIC 1821) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Rosario, 8 de octubre de 1821.

Al Vicepresidente de Venezuela.

Dispone S.E. el Libertador Presidente que mande V.E. pagar mensualmente a S.E. el General Marino los 250 pesos que le corresponden por su media paga. Esta gracia está principalmente fundada en el estado de su salud que ha perdido en esta campaña y como en atención a ella se le ha concedido licencia temporal ilimitada hasta que se restablezca, dispondrá V.E. que el abono prevenido se haga en la Tesorería del lugar donde resida o en la más inmediata, conforme él indique a V.E.

Dios guarde, &, &.

[PEDRO BRICEÑO MENDEZ]

* Archivo del Libertador. O´L. Vol. XVIII, 2º fº 216 vto. al 217.

Traducción