DOCUMENTO 8884 OFICIO DE C.M. DE ORTEGA AL GENERAL JOSÉ DE LA MAR, FECHADO EN PATIVILCA EL 12 DE FEBRERO DE 1824, LE ORDENA, DE PARTE DEL LIBERTADOR, RECLUTAR 5.000 HOMBRES, ESTABLECER UNA MAESTRANZA EN CAJAMARCA, COLECTAR MULAS Y CABALLOS, REORGANIZAR CUERPOS Y ARBITRAR AUXILIOS.*

Sección
25) Período (01ENE AL 28FEB 1824) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Pativilca, febrero 12 de 1824.

Al señor General José de La Mar.

Consecuente al oficio que con esta fecha he transcrito a V.S. del Comandante General de la columna de infantería, que se halla en Cajamarca, me manda S.E. le diga que en cuanto a la recluta de hombres, active V.S. las órdenes que el Prefecto de ese Departamento debe haber dado para recolección de 5.000 hombres procurando mandar sujetos comisionados que saquen toda la gente posible de las Provincias de Jaén, Mainas y Chachapoyas, sin omitir ninguna diligencia para que a la mayor brevedad posible se efectúe el número indicado.

En cuanto al armamento, V.S. tomará todas las medidas oportunas para establecer la maestranza en Cajamarca con todos los herreros, armeros y curiosos que se encuentren en todo el Departamento.

El mencionado Comandante de la columna desea formar una brigada para su movilidad, y el obstáculo que pone es haberse sacado 400 caballos para los cuerpos del ejército, lo cual no es de ninguna fuerza, pues en cinco provincias que hay en aquella parte, bien se pueden colectar hasta 4.000, porque hasta el presente tiene S.E. entendido que aquéllas no habían dado una acémila, en cuya virtud puede V.S. prevenirle colecte cuantas mulas y caballos tengan las provincias, aparente para el servicio del ejército, con lo que procurará habilitar todos sus cuerpos a razón de una muía de silla cada oficial de infantería, dos mulas de carga cada compañía una para las maletas de los señores oficiales y otra para los útiles de la dicha. Los Jefes tendrán además de las de su propiedad, dos de carga para su servicio: por ningún pretexto se le permitirá a ningún Oficial apropiarse bestias del estado, para que de este modo pueda haber la más exacta economía en este ramo.

Después que hayan sido habilitados los cuerpos se reunirán los sobrantes y se dará cuenta a este Estado Mayor General Libertador para disponer de ellas, según sea la voluntad de S.E.

En cuanto a los artilleros que pide, V.S. dispondrá lo que le parezca más conveniente.

Del mismo modo ha dispuesto S.E. que V.S. mande refundir el 2° batallón del Tiradores en el 1°, y que el Comandante sea agregado al Estado Mayor.

En cuanto a los auxilios que pide de suela, armas, municiones, y un piquete de caballería, V.S. dispondrá lo que tenga por conveniente. Lo mismo que de la habilitación de bases para aquellos cuerpos.

Todo lo que pongo en el conocimiento de V.S. para que tenga el más exacto cumplimiento según la voluntad de S.E.

Dios, etc.

[C.M. DE ORTEGA]

*De un copiador del Archivo del Libertador. Sección O´Leary. Tº XXI, 2da. parte, Fº 37 y 38.

Traducción