DOCUMENTO 10546. OFICIO DE FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, MINISTRO DE LA SECRETARÍA, PARA EL PREFECTO DEL CUZCO, FECHADO EN EL CUZCO EL 4 DE JULIO DE 1825, CON LA ORDEN DEL LIBERTADOR EN LA CUAL DETERMINA EL SUELDO DE UNOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA.*

Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Cuzco, 4 de julio de 1825.



Al Señor Prefecto del Cuzco.

S.E. [ 1 ] el Libertador se ha servido disponer, que los vocales de las cortes superiores de justicia de los departamentos [ 2 ] a excepción de los de la capital de Lima, gocen el sueldo de tres mil pesos anuales, y los presidentes de ellas el de tres mil seiscientos.

Tengo la honra de comunicarlo a V.S. a fin de que se sirva trasmitir­lo a quienes corresponda para su cumplimiento.

Soy de V.S., etc.

[FELIPE S. ESTENÓS]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 38, folio 202 recto.

NOTAS

1) El documento inicia con estas palabras: “Tengo la honra de comunicar a V.S. que"" pero fueron tachadas en el copiador.
2)
Interlineadas las palabras: ""de los departamentos"".

Traducción