DOCUMENTO 10546. OFICIO DE FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, MINISTRO DE LA SECRETARÍA, PARA EL PREFECTO DEL CUZCO, FECHADO EN EL CUZCO EL 4 DE JULIO DE 1825, CON LA ORDEN DEL LIBERTADOR EN LA CUAL DETERMINA EL SUELDO DE UNOS FUNCIONARIOS DE JUSTICIA.*
Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Cuzco, 4 de julio de 1825.
Al Señor Prefecto del Cuzco.
S.E. [ 1 ] el Libertador se ha servido disponer, que los vocales de las cortes superiores de justicia de los departamentos [ 2 ] a excepción de los de la capital de Lima, gocen el sueldo de tres mil pesos anuales, y los presidentes de ellas el de tres mil seiscientos.
Tengo la honra de comunicarlo a V.S. a fin de que se sirva trasmitirlo a quienes corresponda para su cumplimiento.
Soy de V.S., etc.
[FELIPE S. ESTENÓS]
* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 38, folio 202 recto.
NOTAS
1) El documento inicia con estas palabras: “Tengo la honra de comunicar a V.S. que"" pero fueron tachadas en el copiador.
2) Interlineadas las palabras: ""de los departamentos"".
Traducción