DOCUMENTO 9991. OFICIO DEL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL CORO­NEL MANUEL JOSÉ SOLER PARA EL SEÑOR CORONEL NINAVILCA, FECHADO EN LIMA EL 11 DE DICIEMBRE DE 1824, POR MEDIO DEL CUAL LE COMUNICA INSTRUCCIONES DADAS POR EL LIBERTADOR, RESPECTO AL MOVIMIENTO DE TROPAS BAJO SU MANDO QUE DEBE LLEVAR A CABO DESDE CHORRILLOS A CHILCA.*

Sección
28) Período (01SEP AL 31DIC 1824) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Lima, 11 de diciembre de 1824.

Instrucciones para el señor Coronel Ninavilca.

Habiendo dispuesto S.E. que V.S. baje con las tropas de su mando a Chorri­llos con el objeto de cubrir aquel punto, y sus inmediaciones y de tomar el mando militar de la costa desde Chorrillos a Chilca, S.E. me manda dar a V.S. las instruc­ciones siguientes:

1° Se situará V.S. con las guerrillas de su mando en el pueblo de Chorrillos, con el objeto de impedir por allí y sus inmediaciones toda comunicación ó remi­sión de víveres a los castillos.

2° Los extranjeros sólo podrán desembarcar por allí sus comunicaciones que V.S. recibirá y me las remitirá para entregarlas a sus títulos.

3° Cualquiera extranjero que solicitare desembarcar por ese punto, se lo im­pedirá V.S., dando parte, y hasta no recibir contestación estará demorado, sea quien fuere.

4° De ningún modo permitirá V.S. desembarcos de cualquiera clase sin or­den expresa del gobierno.

5° Cualquier buque que fondee en el puerto, lo avisará V.S. inmediatamen­te, particularmente si es de guerra.

6° V.S. aumentará sus guerrillas, cuanto pueda, y desde Chorrillos procurará V.S. hacer continuamente descubiertas por la playa hasta donde se pueda, mante­niendo siempre una o dos avanzadas sobre los caminos que van del Callao a Cho­rrillos, para observar y dar parte de cualquiera novedad que haya o movimientos del enemigo.

7° En todos los puertos o caletas del país que V.S. manda, situará vigías que den parte de los buques que lleguen a la Costa y priven las comunicaciones.

8° V.S. perseguirá de muerte a los ladrones, desertores, etc., castigando muy severamente a los soldados de las guerrillas que se atrevan a incomodar o perjudi­car a los vecinos. V.S. me dará frecuentes partes de todo cuanto ocurra para que por mi conducto llegue a noticia de S.E., últimamente V.S. será responsable del cumplimiento de estas instrucciones.

Dios, etc.

[MANUEL JOSÉ SOLER]

* De un copiador de Secretaría Archivo del Libertador, Sección O´Leary. Tomo 37, folio 304 recto y Vto. También se halla este documento en: Memorias del General O ´Leary, To­mo XXII, pp. 575-576.

Traducción