DOCUMENTO 6304 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ AL GOBERNADOR COMANDANTE GENERAL DE ESTA PROVINCIA, FECHADO EN MARACAIBO EL 14 DE SEPTIEMBRE DE 1821, POR EL CUAL LE PARTICIPA QUE EL LIBERTADOR APRUEBA LA DISPOSICIÓN DEL GOBERNADOR ACERCA DEL HOSPICIO DE MARACAIBO.*

Sección
19) Período (01SEP AL 31DIC 1821) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Maracaibo, 14 de septiembre de 1821.

Al Gobernador Comandante General de esta Provincia.

Conformándose S.E. el Libertador Presidente con las razones que V.S. le expuso en su representación de ayer, para suspender el cumplimiento del decreto expedido a favor del Padre Tudela, en cuanto a la devolución del Hospicio, aprueba lo dispuesto por V.S., mucho más si se le ha entregado ya la Hacienda a donde podrá retirarse aquel Padre mientras el Gobierno necesita el Hospicio para alojar tropas.

Esta solicitud de V.S. ha hecho recordar a S.E. que el Congreso General ha sancionado una ley extinguiendo los conventos y casas de religión de ambos sexos que no tengan ocho frailes o monjas. S.E. supone que esa ley habrá sido comunicada a V.S. por el Ministerio correspondiente, y en ese caso era innecesaria la consulta.

Dios guarde, &, &.

[PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ]

* Archivo del Libertador. O´L. Vol. XVIII, 2° fº 189 vto.

Traducción