DOCUMENTO 5587 OFICIO DEL CORONEL PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, FECHADO EN BARINAS EL 2 DE MAYO DE 1821, POR EL CUAL LE PARTICIPA QUE EL LIBERTADOR ESPERA QUE EL VICEPRESIDENTE ""DICTE LA RESOLUCIÓN QUE CREA CONVENIENTE Y RESTABLEZCA LA BUENA INTELIGENCIA ENTRE EL GOBERNADOR DE MARACAI-BO Y EL PROVISOR"". CUMPLA EL DECRETO DE ""PATRONATO Y DIRECCIÓN DE TODOS LOS COLEGIOS Y ENTIDADES ESTABLE­CIDAS (SIC) EN LA REPÚBLICA"".*

Sección
17) Período (07ENE AL 13MAY 1821) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Barinas, mayo 2 de 1821.

Al Señor Ministro del Interior y Justicia.

Incluyo a V.S. originales el oficio [que he recibido] [ 1 ] y documentos que el señor Comandante en Jefe de La Guardia [con los documen­tos que él incluye acompañan] [ 2 ] me ha dirigido en 7 de abril último. S.E. el Libertador los ha visto y me manda los pase a V.S. para que poniéndolos en conocimiento de S.E. el Vicepresidente interino dicte la resolución que crea conveniente, y restablezca la buena inteligencia entre el Gobernador de Maracaibo y el Provisor, cortando oportunamente los males que pueda ocasionar una desavenencia y la imprudencia con que el Canónigo Olivares in­sulta al Gobierno. Con este motivo me manda también S.E. que recuerde a V.S. el cumplimiento del decreto en que se declaró propio y privativo del Gobierno el patronato y dirección de todos los colegios y entidades [de la] [ 3 ] establecidas en la República. Los de Maracaibo y Mérida [deben estar] [ 4 ] están comprendidos y debieron entrar en la declaratork desde que aquellas Provincias se [incorporaron] libertaron.

Dios guarde a V.S. muchos años.

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* Archivo del Libertador. O´L. Vol. XVIII, primera parte, f° 226 vto. y 227.

NOTAS

1) Testado que ha recibido.
2)
Testado con los documentos que él incluye acompañan.
3)
Testado de la.
4)
Testado deben estar.

Traducción