DOCUMENTO 4769. OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL CORONEL MARIANO MONTILLA, FECHADO EN ROSARIO EL 1° DE AGOSTO DE 1820, EN EL CUAL POR MANDATO DE BOLÍVAR LE COMUNICA SUS DISPOSICIONES EN TORNO A LAS OPERACIONES SOBRE SANTA MARTA Y MARACAIBO.*
Sección
16) Período (16JUN AL 24DIC 1820) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Al señor Coronel Mariano Montilla.
El Teniente J. Madiedo [ 1 ] ha puesto en manos de S.E. el Libertador anoche, los dos oficios de US. fechas de 14 y 19 del próximo pasado julio. S.E., bien impuesto de todo lo que US. le expone, y teniendo presente lo que en 10 y 20 del mismo mes dije a U.S., me manda le conteste:
1° Que si la expedición del señor General D´Evereux ha llegado al Magdalena como US. esperaba, o llegase después, la destine US. a una de estas tres operaciones, por el mismo orden de preferencia con que las indico. Primero, a cooperar por la Costa con el señor Coronel Lara a las operaciones sobre Santa Marta o Maracaibo, si está este Jefe obrando sobre una de las dos Provincias. Segunda, a obrar ella sola sobre una de estas dos Provincias, si el Coronel Lara ha desistido de su empresa por algún revés o porque se haya dirigido a otra parte, siempre que las fuerzas de la expedición sean bastantes para esto. Tercera, a ocupar a Portobelo y obrar sobre Panamá si no pudiesen tener lugar las otras dos operaciones.
2° Que en los dos primeros casos conservará siempre el mando de su columna el señor Coronel Lara y el General D´Evereux el de su Legión; pero corresponderá al primero el mando del país y la dirección de las operaciones que seguirá el segundo con su fuerza, arreglándose en todos sus movimientos a los que ejecute aquél.
3° Que no habiendo sido condicional el nombramiento hecho en US. para Comandante general de todas las fuerzas destinadas a Santa Marta y Cartagena, conforme al artículo 3° de mis instrucciones del 10, debe US. continuar en el mando y dirección de ellas, llegue o no el señor General D´Evereux, o cualquier otro Jefe que no lleve órdenes contrarias a aquéllas.
4° Que como Comandante en Jefe de esas fuerzas, está US. autorizado por el artículo 6° de mi oficio del 10, al señor Coronel Lara (que comuniqué a US. también como instrucción) para obrar conforme a las circunstancias, destinando sus tropas del modo más conveniente y ventajoso a la República en la ejecución del plan dado.
5° Que si no fuere posible contener en el orden y en la más severa disciplina a las tropas irlandesas, las despida US. del servicio de la República a la primera falta que cometan contra la subordinación y disciplina. Esto mismo prevendrá US. al señor Coronel Lara, en el caso de que vayan a obrar en combinación o reunidas con él, y lo advertirá también al señor General D´Evereux, para que se lo intime a cada uno de los Jefes y Oficiales subalternos. La República no necesita de soldados que lejos de servirla vienen a destruirla y a escandalizarla con ejemplos subversivos y con crímenes espantosos.
6° Que en el caso de que el señor General D´Evereux se dirija a Portobelo [ 2 ] con su expedición, conforme he dicho en la tercera parte del artículo 1°, le comunique US. las instrucciones a que debe arreglarse, teniendo US. presente para ellas este principio: Que lo que más nos importa es ocupar y conservar a Portobelo para impedir y cortar las relaciones del enemigo por el Istmo; amenazar a Panamá, divertirla y distraerla para que no pueda emprender nada contra el Chocó ni las posiciones nuestras en las costas del Pacífico, y ocupar aquella plaza, si las circunstancias fueren tan favorables que se presente una ocasión segura. En este caso irá el Coronel Francisco Paúl, sujeto de confianza, u otro, encargado del Gobierno político y organización civil del país, en el cual no ejercerá el General D´Evereux sino el mando militar.
7° Que aunque se supone que US. tendrá más frecuentes comunicaciones con el señor Coronel Lara, debe US. saber que el 11 de julio estaba en Marchena y aseguraba llegar al Valle Dupar al sexto día lo más tarde. Todas las fuerzas enemigas de Santa Marta, se habían reunido allí y el objeto del Coronel Lara era buscarlas y batirlas. Hasta Marchena no había tenido otra novedad en su columna, que algunos enfermos y la molestia que le causaban las partidas o guerrillas enemigas que se han levantado en el país alrededor de Chiriguaná. S.E. ha destinado al Teniente Coronel graduado Ramos, con más de 160 fusileros, para que vaya a perseguirlos, a proteger las comunicaciones del señor Coronel Lara y asegurarle la espalda; pero cree S.E. necesario, que además tome US. las siguientes medidas con los mismos fines:
Primera.—Hacer levantar en ambas riberas del Magdalena cuantos cuerpos sea posible y destinar algunos a obrar en Santa Marta, es decir, a pacificar la Provincia persiguiendo hasta destruir las partidas que se hayan levantado. Estos cuerpos deben armarse de preferencia, y como no tienen que combatir contra tropas disciplinadas, tampoco necesitan más que saber cargar y tirar y ponerlos a las órdenes de oficiales activos y valientes.
Segunda.—Hacer marchar inmediatamente 200 hombres de Mompós para Chiriguaná de gentes del país, si los hay reunidos, o de cualquier otro cuerpo, de tropas, que esté allí o en sus inmediaciones. Este destacamento debe ir a las órdenes del Teniente Coronel graduado Ramos, para que siga hasta el Valle Dupar y asegure aquel país. Directamente comunico esta disposición a los Jefes de Mompós; pero será conveniente que US. las duplique.
Tercera.—Hacer que el señor Coronel Montesdeoca complete en Mompós un batallón sobre los 200 hombres que se mandan marchar ahora; y que se dirija con él por Tenerife, inmediatamente que lo haya levantado, a incorporarse con el Comandante Ramos, batiendo y persiguiendo cuantas guerrillas hay en el tránsito. US. tomará el más estricto interés en armar este cuerpo y en remitir a Ocaña los 300 fusiles que se le pidieron para allí en oficio del 20.
8° Que siendo tan ventajosa la situación actual de US. sobre la plaza de Cartagena, por la superioridad de sus fuerzas y por la debilidad del enemigo, procure US. estrecharla aprovechando sobre todo la ventaja que ofrece la posición de la Popa, para cañonearla y bombardearla. S.E. supone que tendrá la escuadra artillería gruesa de batir que podrá montarse y ofender tanto al castillo de San Felipe como a la ciudad; si no se hubiere ahí de este artículo lo pedirá US. a Margarita.
9° Que sin embargo de que en las facultades generales concedidas a US. está comprendida la de dar un asalto a la plaza si las circunstancias lo presentasen como ventajosa, se indica y autoriza a US. muy particularmente para que lo haga con las tropas irlandesas por la muralla de Santo Domingo, u otra, si hubiere esperanza o posibilidad del suceso.
10° Que se encarga muy especial y encarecidamente a US. que saque todo el partido posible del armisticio solicitado por el enemigo. Por este medio puede US. ganarse alguno dentro de la ciudad o sembrar la discordia, a que parecen dispuestos, o la defección de la tropa. Está US. autorizado para ofrecer recompensas pecuniarias hasta 100.000 pesos y grados militares hasta el de General de Brigada, a cualquiera que le proporcione la ocupación de esa importante plaza. A este último fin contribuirá mucho la proclama de S.E., de que incluyo a US. treinta ejemplares.
11° Que ya se ha comunicado a US. la disposición de S.E. para que se remitan a US. y a S.E. el Almirante 170.000 pesos. Estas mismas órdenes se repiten ahora, añadiendo que se envíe también alguna harina para la escuadra y fuerzas sutiles. El ejército debe subsistir del país, que es bien abundante de granos en esa parte y de ganados en las sabanas de donde es fácil conducirlos si hace US. levantar cuerpos de caballería allí mismo y destina alguno a este solo fin. No es posible que las Provincias solas del Norte de Cundinamarca mantengan, además de 13.000 hombres que obran o están acantonados en ellas, todos los demás cuerpos de ejército de la República.
Santa Marta y Cartagena, con una administración regular y económica de sus rentas, pueden cubrir mucha parte, si no el todo de los gastos de US. Con este motivo reitero a US. la orden del 28 en que le comuniqué que S.E. ha dispuesto que se aumenten los derechos de introducción hasta treinta y tres por ciento en los puertos que están habilitados en el Magdalena para el comercio exterior.
Lo comunico todo a US. en orden de S.E., para su inteligencia y cumplimiento.
Dios, etc.
Rosario, agosto 1° de 1820.
PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ
* De un impreso moderno. O´Leary, ""Memorias""; tomo XVII, págs. 336-339.
NOTAS
1) Teniente J. Madiedo. El único prócer de este apellido de que tenemos noticia, se llamaba Nicolás, nacido en Cartagena, Nueva Granada.
2) Portobelo, población de Panamá (Depto. de Colón).
Traducción