DOCUMENTO 6992. DECRETO DE BOLÍVAR FECHADO EN GUAYAQUIL EL SI DE AGOSTO DE 1822, POR LA CUAL SE SUSPENDE LA LEY SOBRE EXTINCIÓN DE LOS TRIBUNALES ESPECIALES DE COMERCIO.*

Sección
21) Período (03JUL AL 31DIC 1822) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
{{{SIMÓN BOLÍVAR,

Libertador y Presidente de Colombia, &., &., &.}}}



Teniendo en consideración las razones que expone la junta de comercio de esta provincia relativas a que se suspenda provisionalmente y hasta la resolución del Congreso General el artículo 73 del título 5°, de la ley 12 de octubre de 1821 [ 1 ], he venido, en uso de las facultades extraordinarias que me ha conferido el Congreso general, en

Decretar lo siguiente:

Artículo 1° Se suspende el ejercicio del artículo 73 del título 59 de la ley de 12 de octubre de 1821 sobre extinción de los tribunales especiales de comercio.

Artículo 2º Queda restablecido el antiguo tribunal de comercio que existía en esta ciudad, compuesto de los mismos miembros y con las mismas atribuciones que antes de su extinción, en virtud de la publicación de la ley citada en el artículo anterior.

Dado y firmado de mi mano, sellado con el sello de la República y refrendado por mi Secretario General, en el Cuartel General Libertador de Guayaquil, a 31 de agosto de 1822.—12º.

SIMÓN BOLÍVAR

Por su Excelencia el Libertador,

J. G. PÉREZ

Secretario General

* De un impreso moderno. ""Decretos"", tomo I, pág. 266.

NOTAS

1) Lleva el número 71 de orden.

Traducción