DOCUMENTO 5465 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ PARA EL VICEPRESIDENTE DE VENEZUELA, FECHADO EN ACHAGUAS EL 27 DE MARZO DE 1821, POR EL CUAL LE PARTICIPA QUE EL LIBER­TADOR HA SABIDO LOS ESCÁNDALOS QUE SE COMETEN POR ""LOS EMPLEADOS EN LAS RENTAS"" Y ORDENA QUE SE SUS­PENDAN ""TODOS LOS EMPLEADOS EN LAS RENTAS DE ESA PROVINCIA"", SE ABRAN AVERIGUACIONES ESCRUPULOSAS Y SE NOMBREN ""LAS PERSONAS MAS RECTAS E INCORRUPTI­BLES"". SE REMITA AL PRINCIPAL CULPABLE AL CUARTEL GE­NERAL Y A LOS DEMÁS SE LES EMBARGUEN LOS BIENES.*

Sección
17) Período (07ENE AL 13MAY 1821) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Achagual, 27 de marzo de 1821.

Al Excelentísimo Señor Vicepresidente de Venezuela.

Los escándalos que se cometen en esta Provincia y especialmente en esa capital por todos los empleados en las rentas, tocan ya en el extremo de que no haya un solo hombre que no reclame altamente contra ellos y los acuse de ladrones públicos y defraudado­res del Estado. Tales declaraciones han penetrado ya al fin hasta los oídos de S.E. el Libertador, no sólo por la voz pública, sino por la del señor Ministro de Hacienda. S.E. se haría cómplice de los mismos crímenes, si permitiera la continuación de ellos un solo día más, y deseando cortarla desde luego, me manda diga a V.E.

1° Que en el momento suspenda V.E. de sus empleos a todos los empleados en las rentas de esa Provincia, especialmente a los señores Lecuna [ 1 ], La Ossa [ 2 ] Botas [ 3 ] y a todos los demás de la Aduana, que son los que particularmente se señalan.

2º Que provea V.E. provisionalmente todos estos empleos en las personas que tengan más crédito de probidad y celo.

3° Que proceda V.E. luego, luego a inquirir escrupulosa y atentamente la conducta de todos y cada uno de los suspensos, examinando testigos, documentos, cuentas y cuanto pueda calificar la verdad de sus sórdidos manejos. No se perdonará diligencia ni medio que pueda ilustrar al Gobierno en esta parte y fundar su juicio. V.E. podrá ejecutar todo esto por sí mismo o por comisionados que escoja cuidadosamente entre las personas más rectas e incorrupti­bles, haciéndolas responsables de cualquiera omisión y autorizándolas para que convoquen al pueblo y a todos a que hagan las acusaciones y cargos, o den los testimonios que tengan contra cada uno, sin temor a que se les castigue, ni cobren los contrabandos, o cualquiera otra cosa en que estén complicados, siempre que lo de­pongan.

4º Que recayendo particularmente las principales acusaciones contra el Tesorero interino C. Manuel Botas, a quien se atribuyen los mayores robos, lo remita V.E. preso al Cuartel General Libertador, y que a él y a todos los demás que se suspendan, se les embar­guen formalmente los bienes que tengan, pues probablemente per­tenecen al Estado, no habiendo tenido ninguno de ellos propiedades cuando entraron a servir sus actuales empleos, y no siéndoles permitido por la Ley negociar.

5° Que S.E. se promete que será ésta la última vez que prevenga el escrutinio de la conducta de esos empleados, que notados mucho tiempo ha de abusos y manejos, han debido ser ya juzgados, principalmente después que V.E. se encargó de esa Vicepresidencia.

Dios guarde a V.E. muchos años.

PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ

* Archivo del Libertador. O´L. VoL XVIII, primera parte, f °155 vto. y 158.

NOTAS

1) Vicente Lecuna. Véanse los Vols. XI, XII, de esta colección.
2)
José María La Ossa. Véanse los Vols. XI, XII, de esta colección.
3)
Manuel Botas. Véase la nota 1 del Doc. no 2431 en el Vol. XII.

Traducción