DOCUMENTO 6160 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ AL MINISTRO DEL INTERIOR Y JUSTICIA, FECHADO EN MARACAIBO EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 1821, POR EL CUAL LE PARTICIPA QUE DESDE ENERO RESPONDIÓ AL BARÓN D´EBEN QUE NO LO PUEDE EMPLEAR EN EL EJERCITO POR HABER LLEGADO DESPUÉS DEL DECRETO EN QUE SE PROHIBE LA ADMISIÓN DE OFICIA­LES Y TROPAS EXTRANJERAS.*

Sección
19) Período (01SEP AL 31DIC 1821) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Maracaibo, 2 de septiembre de 1821.



Al Señor Ministro del Interior y Justicia.

Con el oficio de V.S. de 8 del próximo pasado mes recibí la representación que el Señor Barón D´Eben dirigió a S.E. el Vicepresidente de la República, exponiendo haber venido de Inglate­rra a tomar servicio en el Ejército de la República en virtud de ofertas y comprometimientos que el Señor López Méndez le hizo en Londres [ 1 ], de ser admitido y exigiendo el cumplimiento de ellos por el gobierno, o una certificación que acredite no haber sido aceptado.

Al informar de esta solicitud a S.E. el Libertador Presidente, ha extrañado S.E. que el Barón D´Eben no haya recibido todavía la contestación que desde el mes de enero último se dio a su primera instancia. En ella le manifestaba S.E. el sentimiento que le causaba verse en la necesidad de no aceptar los servicios que ofrece a la República el Señor Barón D´Eben, así porque llegó a Colombia después de publicado el decreto en que se prohibe la admisión de oficiales y tropas extranjeras, como porque S.E. mismo no está autorizado para crear Coroneles y mucho menos para recibirlos en estas clases.

S.E. quiere que haga V.S. saber estas razones al Señor D´Eben como resolución definitiva de su solicitud; añadiéndole que aunque el Señor López Méndez no estuvo nunca facultado para en­viar Generales a nuestro servicio, S.E. lo hubiera recibido si hubiese llegado en tiempo hábil, antes de la prohibición y cuando la República necesitaba de sus servicios. Por desgracia el Señor D´Eben demoró demasiado su viaje, y S.E. no está autorizado para alterar las Leyes en su favor, sin embargo de sus apreciables y distinguidas calidades.

Dios guarde, &.,&.

[PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ]

* Archivo del Libertador. O´L. Vol. XVIII, 2º fº 122 vto. al 123.

NOTAS

1) Londres. Véanse los Vols. IV, V, VI, VIII, IX, X, XI, XII, XIX

Traducción