DOCUMENTO 709 COMUNICACIÓN DEL GOBIERNO AL PRIOR Y CÓNSULES FECHADA EL 23 DE FEBRERO DE 1814, RELATIVA A LA PENSIÓN ASIGNADA AL LIBERTADOR*

Sección
5) Período (01ENE AL 07SEP 1814) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
[En una certificación autógrafa expedida en Caracas por el Secretario del Consulado,,Miguel Zárraga, el 28 de febrero de 1814, se expresa que en la Junta del Consulado del mismo día se leyó ""una orden que con fecha 23 del corriente dirigió el Ministerio de Estado y del Despacho de Hacienda a los Ciudadanos Prior y Cónsules por la cual se previene que los abonos de la pensión asignada al Excmo. Sr. General Libertador puede verificarse por años, meses o según parezca, si los fondos lo permiten"" y se acordó anotarlo en los libros respectivos].

* Archivo General de la Nación. Real Consulado. Diversos, II, folio 215. El documento es de puño y letra de Zárraga. No se conoce de la orden del Secretario de Hacienda sino lo que se menciona en la certificación. Véase, sobre este asunto, el Doc. N° 602.

Traducción