DOCUMENTO 1609. OFICIO DE BOLÍVAR DIRIGIDO IGUALMENTE A LOS COMANDANTES DE RÍO CARIBE Y YAGUARAPARO, FECHADO EL 20 DE JUNIO DE 1816, ORDENANDO LA PUBLICACIÓN DE UN BANDO CON SEVERAS MEDIDAS PARA LOS QUE NO SE INCORPOREN A LAS ARMAS Y LOS QUE DESERTEN DEL EJERCITO*

Sección
8) Período (26DIC 1815 AL 29DIC 1816) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Cuartel General de Carúpano, 20 de junio de 1816.

Oficios a los Comandantes de Río Caribe[ 1 ] y Yaguaraparo[ 2 ]

Las deserciones que tenemos en el ejército diariamente, y la renuencia de los habitantes de este país para tomar las armas, me obligan a prevenir a V., como por la presente le prevengo, que inmediatamente publique un bando en el partido que comprenda su Comandancia, llamando al servicio de la República a todos los hombres, sean libres o esclavos, que puedan llevar las armas, e intimando con pena de muerte a todo el que no se presente en el término preciso de veinte y cuatro horas después de publicado el bando.

Igual pena aplicará V. a todo desertor que no se presente en el mismo término, convocados que sean por el bando, ofreciéndoles perdón si lo ejecutan del modo dicho.

Irremisiblemente castigará V. con la pena señalada a los que se encuentren en sus casas o en los bosques, a pesar de la convocatoria e intimación. Tampoco tendrá V. consideración con los desertores, que deberán ser fusilados conforme el bando, comprobado que sea, breve y sumariamente, su delito.

Dios, &.

[SIMÓN BOLÍVAR]

P.D. Todos los que se presenten, bien sean paisanos o desertores, me los remitirá V. a este Cuartel General inmediatamente del modo más seguro y por la vía más breve.— Vale.

* Del copiador. Archivo del Libertador, vol. 23, fol. 37 y v°. Para la debida referencia al libro copiador, véase el Doc. no 1551, nota principal. Se trata de un oficio del cual se hicieron dos copias idénticas, una para el Comandante de Río Caribe y otra para el Comandante de Yaguaraparo.

NOTAS

1) Escrito ""Río Caribes"". Sobre la población llamada hoy Río Caribe,véase la nota 1 del Doc. N° 1541.
2)
Yaguaraparo. Véase la nota 3 del Doc. N° 1552..

Traducción