DOCUMENTO 2078 : COMUNICACIÓN DE BOLÍVAR FECHADA EN ANGOSTURA EL 25 DE SEPTIEMBRE DE 1817, DIRIGIDA AL CORREGIDOR DE LA CIUDAD POR LA QUE ORDENA SE LLEVE UN CENSO DE LAS PERSONAS QUE EMIGRARON DE GUAYANA AL TRIUNFAR LAS ARMAS PATRIOTAS Y REGRESEN A LA PROVINCIA .
Sección
10) Período (15SEP AL 31OCT 1817) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Angostura, 25 de Septiembre de 1817.
Al Corregidor de esta ciudad.
Todas las personas de ambos sexos, así venezolanas como extranjeras, que antes de la ocupación de esta [ 1 ] plaza y su Provincia [ 2 ] por las armas de la República, hayan vivido en ellas bajo el Gobierno del Rey, y antes o al tiempo de la evacuación de los españoles hayan salido con ellos, bien a las colonias neutrales y amigas, o al territorio enemigo y con escala en los antedichos [ 3 ], que volvieren a cualesquiera de los puntos de esta Provincia en virtud de la amnistía [ 4 ] publicada por el Gobierno Supremo en favor de los habitantes emigrados de [ 5 ] ella, bien en calidad de comerciantes [ 6 ] pabellones amigos, o bien a establecerse en sus antiguos hogares, deberán necesariamente en el acto que lleguen presentarse ante el Gobernador Comandante general de la Provincia [ 7 ], y seguidamente al Gobernador político [ 8 ], antes de dirigirse a ninguna otra persona, presentando [ 9 ] a éste todas las cartas, papeles públicos, y correspondencias que traigan así para el Gobierno como para los particulares, bajo la pena arbitraria que se le [sic] impondrá en caso de contravención. En los lugares donde no haya Juez político se presentará al Gobernador o Comandante militar o a [ 10 ]la autoridad que en ellos resida. Los Gobernadores políticos y Comandantes militares tomarán una razón exacta de su nombre y apellido, de su estado, oficio [ 11 ], motivo e intenciones con que vuelven al país, de la casa y calle donde van a habitar, y dejándolo en un registro que tendrá para esto, pasará una razón circunstanciada al Gobierno Supremo si éste residiere den-tro de la Provincia, y si estuviere fuera al Gobernador Comandante General de ella.
Bolívar.
Nota al margen: Se comunicó también para su publicación y circulación al Gobernador Comandante General de la Provincia [ 12 ].
* Del copiador. Archivo del Libertador, vol. 24, fol. 122. Escrito de letra de Jacinto Martel. Para las características del cuaderno copiador, véase la nota principal del Doc. N° 1971. Es difícil precisar la identidad del destinatario. Se trataba, desde luego, de la autoridad municipal de la ciudad de Angostura, anterior a la instalación de la primera Municipalidad republicana, elegida el 8 de diciembre de 1817 e instalada el 1° de enero de 1818, que presidió el prócer civil guayanés Juan Vicente Cardoso, como Gobernador Civil de la Provincia. Le acompañaban los Regidores Lorenzo Lezama, Alguacil Mayor; José Luis Cornieles, Alcalde Provincial; José Tomás Machado, Fiel Ejecutor; Felipe Delepiani, Padre de Menores; Guillermo Grillet Donel, Síndico Procurador; Tomás de Urbina, Administrador de Rentas, y otros. (Véase: Manuel Alfredo Rodríguez, “Bolívar en Guayana”, págs. 151-152, Caracas, s.a.). Pero no hemos podido averiguar si era alguno de ellos, u otra persona distinta, quien ejercía las funciones de Corregidor (un cargo del régimen colonial que no se mantuvo en la República) en la Angostura de fines de septiembre de 1817.
NOTAS
1) Testado: ""capital"".
2) La plaza de Angostura y la Provincia de Guayana.
3) Testado: ""que vuelvan"".
4) Véase, al respecto, el Doc. N° 1961-1.
5) Testado: ""esta Provincia"".
6) Testado: ""para regresar"".
7) Lo era el General Manuel Sedeño.
8) El 18 de noviembre siguiente, Bolívar nombró a Juan Vicente Cardoso (o Cardozo) Gobernador Político de la Provincia de Guayana.
9) Testado: ""al primero"".
10) Interlineado la ""a"".
11) Testado: ""y motivo"", y se interlineó ""motivo"".
12) Como se ha dicho más arriba (nota 7) lo era entonces el General Manuel Sedeño. Debe observarse que en “Memorias de O´Leary”, tomo XV, págs. 309-310, se publica un documento idéntico al presente (pero sin esta nota marginal) que aparece dirigido ""Al Gobernador de la Provincia"". Aun cuando los editores de O´Leary dan como fuente ""Del Archivo"", la Comisión Editora no ha localizado un documento dirigido al Gobernador. Probablemente es el mismo que aquí publicamos.
Traducción