DOCUMENTO 628 COMUNICACIÓN DEL GOBIERNO AL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS, FECHADA EN VALENCIA, EL 22 DE ENERO DE 1814, CON LAS DISPOSICIONES DEL LIBERTADOR PARA REFORZAR EL SITIO DE PUERTO CABELLO*

Sección
5) Período (01ENE AL 07SEP 1814) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Ciudadano Director General de Rentas.

Con esta fecha digo al ciudadano General de División Comandante de la Provincia [ 1 ] lo que sigue:

""El General Libertador, al llegar a Ocumare [ 2 ], Puerto Cabello [ 3 ] y a esta ciudad [ 4 ] ha hallado que las operaciones militares, aunque tan bien adelantadas, y los ejércitos en pie, sin embargo amenazaba a todo una inevitable disolución por la falta de numerario pues no ha hallado un solo maravedí, ni en las Comisarías, ni en las Administraciones, y el prest de casi todas las tropas se debe con mucho atraso. Puerto Cabello no hay duda debe rendirse de un momento a otro; pero por esta desgraciada falta de dinero, puede salvarse llegando nuestra pérdida al término de quedarnos sin tropas. En esta alternativa me manda presente a V.S. nuestro estado tal cual es, le insinúe que solamente una medida extraordinaria llevada a efecto con la fuerza y celeridad característica de V.S. puede sostener las importantes operaciones del sitio y libertarnos de un revés. V.S. puede arbitrarla con el ciudadano Director General [ 5 ] para remitir por lo menos en el instante la cantidad de cuarenta mil pesos. No puede ser menos, pues en los hospitales de esta ciudad hay ya más de quinientos enfermos, en la línea hay mil soldados, y en la escuadrilla quinientos.

""Tan importante como la remisión de los cuarenta mil pesos es la de fabricar una gran cantidad de galleta, con una celeridad cual la exige el no haber absolutamente víveres para la escuadrilla, ni para la línea. El General espera que por efecto de las providencias enérgicas e instantáneas que V.S. tome, llegue inmediatamente por mar al socorro de la escuadrilla, cuanta galleta se pueda y los demás víveres que con la misma prontitud puedan salir.

""Para que no se pierdan los esfuerzos de V.S. en el logro de estas medidas debo, de orden del mismo Jefe, prevenir a V.S. la mayor celeridad en estas remisiones. Si se difieren, aunque doloroso, es preciso manifestar a V.S. que no remediarán nuestros males.""

De orden del General en Jefe lo transcribo a V. S. para su cumplimiento en la parte que le toca.

Dios guarde a V.S. muchos años.

Cuartel General de Valencia, enero 22 de 1814. 4° y 2°.

ANTONIO MUÑOZ TEBAR.

* Del original. Archivo del Libertador, Vol. 55 folios 187-188. Firma y rúbrica autógrafas; el resto, de letra de José Luis Ramos. En la “Gaceta de Caracas”, N° 13 del miércoles 26 de abril de 1815, que corresponde a la época de la redacción de José Domingo Díaz, se transcribe exactamente este documento en las páginas 113-114, con sólo una pequeña variante en la fórmula de despedida. Sobre el firmante del documento, Antonio Muñoz Tébar, véase la nota 1 del documento N° 289, en la Correspondencia Oficial. Sobre el destinatario, Juan Nepomuceno Ribas, la nota principal del Doc. N° 64, en la Correspondencia Personal.

NOTAS

1) Lo era José Félix Ribas.
2)
Ocumare de la Costa. Véase la nota 1 del Doc. N° 623 en la Correspondencia Oficial.
3)
Véase la nota 5 del Doc. N° 66 en la Correspondencia Personal.
4)
Se refiere a Valencia
5)
Como se ha dicho, lo era Juan Nepomuceno Ribas.

Traducción