DOCUMENTO 910 DISPOSICIÓN DEL LIBERTADOR A PRIMEROS DE JU­LIO DE 1814, POR LA CUAL SE SUSPENDE LA SALIDA DE CUAL­QUIER EMBARCACIÓN DE LA GUAIRA.*

Sección
5) Período (01ENE AL 07SEP 1814) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
[Se desprende la existencia de una orden dada por el Libertador con el cierre del puerto de La Guaira por el término de tres días de la siguiente comunicación del Director General de Rentas: ""Caracas, 4 de julio de 1814. Señor Interventor de Hacienda pública de La Guaira: Con pretextos honestos y sin decir que ese puerto se halla cerrado o no y del modo que V. estime más conveniente no permi­tirá que ninguna embarcación extranjera, nacional, canoa ni cabo­taje por el término de tres días, salgan de esa rada para otro destino, por ningún motivo, sea el que fuere, pues así conviene por ahora al servicio del Estado. Dios, etc. P.D. Lo mismo se previene por el Libertador al Señor Comandante de ese puerto.""]

* De un impreso moderno. En el “Boletín de la Academia Nacional de la Historia”, N° 70. Caracas, abril-junio de 1935, p. 419, publica el Dr. Lecuna ese texto en el cuerpo de documentos con que ilustra su estudio sobre ""La Guerra a Muerte"". La Comisión Editora no ha podido examinar el original manuscrito.

Traducción