DOCUMENTO 220. PODER EXTENDIDO POR EL LIBERTADOR A 22 DE ENERO DE 1827, EN CARACAS, A FAVOR DE JOSÉ FERNANDEZ MADRID, DE ANDRÉS BELLO Y DE SANTOS MICHELENA, PARA QUE LO REPRESENTEN EN LONDRES EN EL ASUNTO DE LA VENTA DE LAS MINAS DE BOLÍVAR.*

Sección
2) Período (09ENE 1825 AL 10DIC 1830) Correspondencia Personal

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Poder Especial.

En la ciudad de Caracas a veinte y dos de enero de mil ochocientos veinte y siete, el Excelentísimo Señor Libertador Presidente de la República de Colombia, Simón Bolívar, a quien yo el Escribano doy fe conozco, por ante mí y en las casas de su morada en esta capital, Su Excelencia dijo: que da su poder cumplido, cuanto por derecho se requiera y sea necesario a los señores José Fernández Madrid, Encargado de Negocios de la República: Andrés Bello, Secretario de la Legación de la misma, y al Cónsul General, Santos Michelena, todos residentes en Londres, para que por el orden que vienen nominados, y representando la propia persona, derechos y acciones de Su Excelencia, perciban, cobren, lleven a su poder, y tengan a su disposición, todas y cualesquiera cantidades que se le deban o debieren por cuenta de la venta que ha hecho de las minas de Aroa[ 1 ] al Señor Juan Myers[ 2 ] como representante y también propietario en la Asociación[ 3 ] que hay en Londres sobre dichas minas; a cuyo fin harán las gestiones convenientes, judicial o extra judicialmente, por escrito o de palabra, en los Tribunales superiores e inferiores que con derecho haya lugar, y en ellos, si fuere necesario, presenten escritos, papeles, testigos, y toda prueba conducente; haciendo los pedimentos, requerimientos y protestas, alegaciones y reconvenciones que se requieran, y cuantos actos y diligencias, verbales o escritas, haría y hacer podría Su Excelencia el Libertador, siendo presente; facultando a los señores apodera­dos para que de lo que percibieren, cobraren y llevaren a su poder, den y otorguen los recibos, cartas de pago, finiquitos, chancela­ciones y demás instrumentos necesarios, con fe de entrega o re­nunciación de las Leyes de ella: pues para todo lo mencionado, con cuanto sea incidente y dependiente, confiere a los antedichos se­ñores, sus apoderados, este poder, con libre, franca, general admi­nistración y facultad de enjuiciarlo, jurarlo y sustituirlo en el todo, o en la parte que baste, sea necesario y les parezca; de revocar sustitutos y nombrar otros, que a todos releva en debida forma. Y a la firmeza y cumplimiento de cuanto por virtud de este poder obraren, Su Excelencia el Libertador compromete sus bienes pre­sentes y futuros, con poderío de justicia, sumisión a ellas y re­nunciación que hace de las Leyes, fueros y derechos de su favor, y la que prohibe la general renunciación. Así Su Excelencia lo dijo, otorga y firma, siendo testigos los señores Manuel Muñoz, Ramón Alcega y Norberto Medina, vecinos, de que doy fe.

SIMÓN BOLÍVAR.

Ante mí:

JUAN NEPOMUCENO ALBOR,

Escribano Público.

* Registro Principal, Caracas, Escribanías de Juan Nepomuceno Albor, 1827, f°. Original, de letra de amanuense indeterminado, con firma autó­grafa del Libertador. Estando en Caracas, Bolívar decide otorgar poder es­pecial a favor de José Fernández Madrid (1789-1830), escritor y hombre público colombiano, nacido en Cartagena de Indias, que en 1816 había sido Presidente de la República de Nueva Granada, y que a la sazón era Ministro de la Gran Colombia en Londres. Subsidiariamente confiere este poder especial a Andrés Bello (1781-1865), el humanista de Caracas, que desempeñaba la Secretaría de la Legación Colombiana en Londres; y a Santos Michelena (1797-1848), Cónsul General de Colombia en Inglate­rra, quien será luego el organizador de la Hacienda Pública en Venezuela, a partir de 1830. El apoderado de Bolívar debía actuar en su nombre frente a la Sociedad de las Minas de Bolívar, constituida en Londres, para perfec­cionar la venta hecha por el Libertador.

NOTAS

1) En los Valles de Aroa, actual Estado Yaracuy en Venezuela, poseyó la familia Bolívar unas minas de cobre, que aún hoy siguen siendo traba­jadas. (Véanse: docs. Nos. 190, 191, 195, 217 y sus referencias).
2)
Juan Myers, uno de los socios de la entidad adquirente de las Minas de Aroa. Véanse documentos referidos en la nota precedente.
3)
Sociedad de las Minas de Bolívar.

Traducción