DOCUMENTO 138. CONVENIO CELEBRADO EN CÚCUTA EL 20 DE MARZO DE 1813 POR EL BRIGADIER SIMÓN BOLÍVAR Y EL CORONEL MANUEL DEL CASTILLO CON EL CORONEL ANTONIO NICOLÁS BRICEÑO, MEDIANTE EL CUAL LAS TROPAS DEL ÚLTIMO SE PONEN A LAS ÓRDENES DE LOS DOS PRIMEROS.*
Sección
3) Período (14OCT 1795 AL 05AGO 1813) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Nosotros, el Brigadier Simón Bolívar, Comandante General de las tropas de la Unión, y los Coroneles Manuel del Castillo Rada, segundo de las mismas, y Antonio Nicolás Briceño, miembro que ha sido del Poder Ejecutivo Federal de Venezuela, y Comandante de la Expedición que ha formado para restituir su libertad e independencia, decimos: que hallándose en este Cuartel General las fuerzas de la Unión de la Nueva Granada con destino de atacar y destruir al enemigo común, que tiene oprimidas las Provincias de Venezuela, y habiendo llegado en esta situación el ciudadano Briceño con alguna fuerza solicitada con su diligencia y actividad, y con previo permiso del gobierno de Cartagena, la cual consiste en los fusiles, cartuchos, plomo, pólvora, cañones, balas y otros utensilios de guerra que constan de la lista formada al efecto, y un Capitán Comandante de Caballería, otro de Carabineros, seis oficiales más con veinte soldados entre criollos y extranjeros que ha mantenido y costeado hasta hoy, a fin de combinar mejor las operaciones militares y dirigir las del ejército, ha convenido voluntaria y espontáneamente el referido Briceño en ponerse con todos sus oficiales, soldados, armas y pertrechos a las órdenes del ciudadano Brigadier Comandante Simón Bolívar y también a las de su segundo ciudadano Coronel Manuel Castillo, para que haciendo de todo el uso correspondiente [a la?] [ 1 ] independencia americana las destinen como [juzgaren en conciencia?] [ 2 ]; cuya [oferta fue aceptada] [ 2 ] en todas sus partes a nombre del referido Congreso de la Nueva Granada; fueron, en su consecuencia, agregadas a las tropas de la Unión las armas y pertrechos de infantería y artillería, como también el Capitán Comandante de Carabineros y dos sargentos franceses con el mismo grado y sueldo que hoy disfrutan, y se mandaron poner a disposición del Ciudadano Briceño doscientos hombres de caballería, con sus caballos, monturas, treinta sables y las lanzas necesarias para armarla, con calidad de que el referido cuerpo de caballería, que podrá aumentarse proporcionalmente, quede bajo la bandera de Venezuela, que también traía Briceño, con sujeción únicamente a las órdenes que le comunicaren el primero y segundo Comandantes actuales de las fuerzas de la Unión exclusivamente, y bajo expresa condición de que si por algún acontecimiento faltaren o fueren removidos los dos mencionados Jefes Bolívar y Castillo, no quedará el Cuerpo de Caballería sujeto a las órdenes de los que los reemplacen, sino a las de su Jefe particular, que lo es el ciudadano Briceño, a no ser que éste convenga en ampliar este acto [ 4 ] con su previo conocimiento; pues de los jefes actuales le asiste una plena y general confianza por el conocimiento que de ellos tiene. Advirtiendo que las proposiciones que Briceño hizo en Cartagena a los oficiales y soldados que le acompañan serán también cumplidas, con las excepciones que de común acuerdo hemos estampado y firmado al pie de ellas; y el Ciudadano Cas[tillo puso?] [ 5 ] por su parte la condición de que del mismo modo que las armas de Venezuela no toman parte en las disensiones domésticas del Reino [ 6 ], así mismo, si allí se formaren algunas divisiones sobre la forma de su interior gobierno, lo que no es de esperarse después de tantas desgracias, no mezclará por consiguiente las armas de la Nueva Granada en ellas, por ir dirigidas a más importante fin, cual es la destrucción de los españoles europeos; y para comprobación de este acto lo firmamos en el Cuartel General de Cúcuta a 20 de marzo de 1813, 3° de la Independencia Colombiana.
SIMÓN BOLÍVAR. MANUEL DEL CASTILLO.
A. NICOLÁS BRICEÑO.
* Del original. Archivo General de la Nación, Caracas. ""Causas de Infidencia"", correspondencia oficial, fs. 36-37. Las firmas son autógrafas. El resto del documento es de mano de Vicente Tejera. Para los cofirmantes con Bolívar de este documento, véase, sobre Manuel del Castillo, la nota principal del doc. N° 118, y sobre Antonio Nicolás Briceño la nota principal del doc. N° 34, correspondencia personal.
NOTAS
1) El original está roto. Suplimos entre corchetes las palabras que parece exigir el contexto.
2) Id.
3) Id.
4) Se había escrito primero ""auto"" y se corrigió encima como aparece.
5) Véase la nota 1 de este documento.
6) Es decir, de la Nueva Granada.
Traducción