DOCUMENTO 50. COMUNICACIÓN DIRIGIDA AL JUEZ COMISIONADO DE LA SABANA DE OCUMARE, DON SANTIAGO DE VEGAS, EN SOLICITUD DE QUE SE PROCEDIESE A LA MENSURA DE LAS TIERRAS DE LA HACIENDA DEL DIFUNTO DON PEDRO GALLEGOS, QUE BOLÍVAR ESTABA EN TRAMITES DE ADQUIRIR.*

Sección
1) Período (20MAR 1799 AL 23DIC 1824) Correspondencia Personal (E.L.)

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
[Sabana de Ocumare, 11 de Agosto de 1809?]

S[eñor] J[uez] C[omisionado]:

Don Simón de Bolívar, vecino de la ciudad de Caracas y residente en este pueblo [ 1 ], en la forma que más haya lugar a V. dice: que estando entendido no haber la cantidad de terrenos altos que se mencionan en el inventario de la hacienda que V. por comisión del Tribunal de Diezmos debe entregarle; y considerando que para su cierto valor se necesita saberse la verdadera cantidad de terreno: suplica a V. se sirva mandar que supuesto se halla aquí don Juan Manuel Lecumberri, perito agrimensor, proceda a la mensura de la parte que corresponde a la hacienda del difunto don Pedro Gallegos, y que evacuada, dé su relación circunstanciada para que con arreglo a ella se efectúe su avalúo con más acierto. Así es de justicia que pido y juro, etc.

SIMÓN DE BOLÍVAR.

* De fotografía del original, que corresponde al folio 55, recto y vuelto, del expediente mencionado en la nota principal del doc. N° 45, a la cual remitimos el lector para más detalles. Firma autógrafa; el resto del docu­mento, de letra de un amanuense no identificado. Carece de fecha y de lugar, pero se le han atribuido los que aparecen en la resolución del Juez Comisionado, que figura al pie: ""Sabana de Ocumare, 11 de agosto de 1809""; como se ha explicado en casos similares anteriores, es también posible que el documento de Bolívar haya sido redactado la víspera, o unos días antes, de dicha fecha. El destinatario, cuyo título exacto era el de Subdelegado de Real Hacienda y Juez Comisionado, se llamaba don Santiago de Vegas.

NOTAS

1) Se refiere, sin duda, a la población denominada entonces Sabana de Ocumare, y en nuestros días Ocumare del Tuy. Véase la nota 4 del doc. N° 12.

Traducción