DOCUMENTO 3308. OFICIO DE BOLÍVAR PARA EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS, FECHADO EN ANGOSTURA EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1818, LE ORDENA QUE AUTORICE A LOS MINISTROS DE LAS CAJAS NACIONALES DE ANGOSTURA PARA QUE CUMPLAN LOS LIBRAMIENTOS QUE HAGA EL JEFE DEL ESTADO MAYOR GENERAL.*
Sección
13) Período (01JUL 1818 AL 15FEB 1819) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
{{{Cuartel General de Angostura, a 30 de setiembre de 1818. 8°
{{{
SIMÓN BOLÍVAR}}}
{{{Jefe Supremo de la República, Capitán General de los Ejércitos de Venezuela y de la Nueva Granada, &., &., &.}}}
Al señor Director General de Rentas.
Disponga V.S. que los Ministros de las Cajas Nacionales cumplan los libramientos que contra ellos tire el Jefe del Estado Mayor General; entendiéndose esto sólo por ahora, y hasta que marche el ejército de esta plaza.
Dios guarde a V.S. muchos años.
BOLÍVAR
* Del original. Archivo del Libertador, volumen 73, folios 250 251 v°. Escrito de letra de Manuel de Echeandía. La firma y la rúbrica son autógrafas del Libertador. En el sobrescrito se lee: ""El Jefe Supremo/Señor Director General de Rentas/Comunicado el mismo día 30 de setiembre/Presente"". En el copiador (Archivo del Libertador, volumen 103, folio 125 v°), hay un borrador del presente oficio, también escrito de letra de Echeandía.
Traducción