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DOCUMENTO 3235. DECISIÓN MARGINAL DE BOLÍVAR, FECHADA EN ANGOSTURA EL 3 DE SEPTIEMBRE DE 1818, MEDIANTE LA CUAL HA DE EJECUTARSE UNA SOLICITUD FORMULADA POR UN OFICIAL.*
Sección
13) Período (01JUL 1818 AL 15FEB 1819) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Cuartel General de Angostura, setiembre 3 de 1818. 8°
Ejecuten lo que previene la Ordenanza General del Ejército en el tratado y título citado por el Jefe del Estado Mayor General.
BOLÍVAR
* Del orignal. Archivo del Libertador, vol. 73, fol. 232 v°. Escrito de letra de José Gabriel Pérez. Firma y rúbrica autógrafas del Libertador. Se originó la presente decisión en la reclamación formulada por el Teniente Coronel Carlos Padrón para que se le reconozca precedencia debido a su antigüedad. Hay una nota que dice: ""Comunicado el día 3 septiembre de 1818"".
Traducción