DOCUMENTO 798 COMUNICACIÓN DEL GOBIERNO AL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS FECHADA EN CARACAS EL 2 DE MAYO DE 1814, RELATIVA AL ABONO DE SUELDOS DE OPERARIOS DE LA CASA DE MONEDA*
Sección
5) Período (01ENE AL 07SEP 1814) Correspondencia Oficial
Personas
Lugares
Palabras Clave
Descripción:
Señor Director General de Rentas Nacionales.
En consideración a lo expuesto por V.S. en oficio de 29 del mes próximo pasado manifestando los motivos que le asisten para considerar justa la pretensión del encargado de la Casa de Moneda,[ 1 ] sobre que a los ciudadanos Bartolomé Salinas[ 2 ] y Josef Francisco Sosa[ 3 ], operarios de la misma, se les abonen sus sueldos íntegros, se ha servido el Libertador acordar conforme a dicha solicitud; y lo digo a V.S. para su inteligencia y en contestación.
Dios guarde a V.S. muchos años.
Cuartel General de Caracas, 2 de mayo[ 4 ] de 1814. 4°.
ANTONIO MUÑOZ TEBAR.
[Al margen]: Caracas, 6 de mayo de 1814. 4°. Tómese razón de este oficio en el Tribunal de cuentas y comuníquese al encargado de la Casa de Moneda. {Juan Nepomuceno) Ribas.
Tomóse razón en el Tribunal de cuentas. Caracas, 7 de mayo de 1814. 4°. Patricio Padrón.
* Del original. Archivo del Libertador, Vol. 55, folios 230-231. La firma y rúbrica de Antonio Muñoz Tébar son autógrafas. El resto del documento de amanuense no identificado. Las notas marginales tienen firmas y rúbricas autógrafas y la certificación de Patricio Padrón es asimismo autógrafa.
NOTAS
1) 1.El encargado de la Casa de Moneda en ese tiempo era José Vicente
Galguera.
2) 1.Véase la nota 1 del Doc. N° 695.
3) 1.Véase la nota 2 del Doc. n°695.
4) 1.En el original consta escrito muy claramente 2 de abril, pero en
tiende la Comisión Editora que la fecha correcta es la de 2 de mayo, y
que el amanuense había escrito mecánicamente ""abril"" en vez de ""mayo"",
por error bastante frecuente en la anotación de fechas (la del mes o año
precedente). No puede ser el 2 de abril, por cuanto que en dicha fecha no
se encontraba el gobierno en Caracas, y en cambio abonan la data en mayo
el hecho de que las sustanciaciones de ese documento que constan en las
notas marginales están fechadas el 6 y el 7 de mayo, dentro del lapso habitual de anotación de este tipo de documentos. Además en el Archivo del
Libertador, Vol. 60, folio 306, se conserva el extracto en borrador autenticado con la rúbrica del Director General de Rentas, que dice: ""El encarga
do de la Casa de Moneda, en oficio de 27 del actual, me manifiesta lo
siguiente: ´En oficio de 5´... Cuyo contenido traslado a V. S. para que en
el concepto de parecerme justa y fundada la solicitud del encargado de la
Casa de Moneda, se sirva elevarla a S.E. el Libertador a fin de que se
digne, si lo tiene a bien, acceder a ella. Dios, etc. Caracas, 29 de abril de
1814, 4 y 2. Señor Secretario de Hacienda"". En el mismo Archivo del Libertador, Vol. 56, folios 52-53, se conserva el original de un oficio de José Vicente Galguera dirigido al Director General de Rentas y fechado el 5 de febrero de 1814, por el cual suplica que los sueldos del ""Maestro Mayor ciudadano Bartolomé Salinas que goza 83 y 1/3 pesos al mes y 60 al ciudadano Francisco Sosa"", debían mantenerse sin la reducción ordenada por el gobierno el 26 de enero de 1814 (Véase Doc. N° 640).
Traducción