DOCUMENTO 6038. OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ AL GENERAL SANTIAGO MARIÑO, FECHADO EN SAN CARLOS EL 10 DE AGOS­TO DE 1821. POR EL CUAL LE COMUNICA LAS INSTRUCCIONES DEL LIBERTADOR PARA LA REOCUPACION DE LA PROVINCIA DE CORO, INVADIDA DESDE PUERTO CABELLO CON 500 REA­LISTAS.

Sección
18) Período (14MAY AL 31AGO 1821) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
San Carlos, agosto 10 de 1821.

Al General Santiago Mariño.

En marcha para esta ciudad recibí cuatro oficios de V.E. fechas de 3 y 5 del corriente contestando a mis comunicaciones del 28 del pasado. S.E. el Libertador Presidente ha sido instruido de ellos.

No siendo considerables las fuerzas enemigas desembarcadas en Coro según V.E. informa, y sabiéndose además (por parte del Estado Mayor General en que se refiere a las declaraciones de desertores del enemigo, pasados el día 8) que la expedición ha salido de Puerto Cabello por no haber podido desembarcar, ha dispuesto S.E. y me manda comunique a V.E.

1° Que forme V.E. una división compuesta del Batallón de Maracaibo, el Escuadrón de Cazadores a caballo, el piquete de Hú­sares y la Columna del Señor Coronel Vargas.

2° Que se confiera el mando de esta división al Señor Coronel Justo Briceño, y le dé V.E. órdenes e instrucciones para que marche inmediatamente a reocupar y pacificar la Provincia de Coro, siempre que las fuerzas enemigas que la cubren sean inferiores a las que él lleve, reunidas con la columna del Señor Coronel Gómez, o con la que obra por Casigua [ 1 ].

3° Que el primer objeto del Coronel Briceño sea ponerse en comunicación con el Coronel Gómez, y prevenirle el punto donde deben reunirse para continuar las operaciones sobre Coro. Este punto de reunión debe elegirse de manera que ninguno de los dos cuerpos se exponga a ser batido antes de llegar a él.

4º Que si no pudiere el Coronel Briceño reunirse ni entrar en comunicación con el Coronel Gómez, y le fuere más fácil verificar la reunión con el cuerpo que obra por Casigua, intente esta opera­ción de preferencia.

5º Que si las fuerzas enemigas fuesen superiores a las del Coronel Briceño, no aventure éste ningún combate sino que se sitúe en una posición ventajosa donde pueda hacer frente al enemigo co seguridad, bien sea en la Sierra[ 2 ], o en cualquiera otra parte, con tal que se conserve expedita y franca la comunicación con Ca-rora para recibir los refuerzos que se le enviarán, cuando se sepa su situación y necesidad. Si el terreno no le presenta estas ventajas, o si la escasez de subsistencia no le permite usar de ellas, se retirará sobre V.E. avisándolo oportunamente para que vaya V.E. a su encuentro con los dos batallones de la Guardia que quedan ahí en reserva.

6º Que aunque en la enumeración que he hecho de los cuer­pos, que deben formar la división del Coronel Briceño, no están expresadas las Columnas del Coronel Gómez y la de Casigua, se entienden comprendidas en ella, como todas las guerrillas o cuer­pos sueltos que haya dentro de la Provincia de Coro. Todas deben ponerse a las órdenes del Coronel Briceño y obrar bajo su dirección.

7º Que en cualquiera de los dos casos del artículo 5º, es decir, bien sea que el Coronel Briceño tome posiciones para esperar auxilios, bien sea que se retire sobre V.E., marche a reunírsele V.E. tan rápidamente como sea posible con los dos batallones que quedan en reserva, y continúe las operaciones ofensiva y activamente hasta libertar y pacificar a Coro. Todo esto se entiende bajo el supuesto de que las fuerzas de ese ejército sean superiores a las del enemigo y den una seguridad del suceso.

8° Que el Coronel Briceño lleve para los gastos de su división todos los fondos que tenga la comisaría del ejército y además las ciento cuarenta y una onzas que lleva ahora el Capitán Andrés Alvarez[ 3 ], edecán de S.E. y portador de esta comunicación. También llevará todo el ganado necesario para la subsistencia de la División mientras se interna en Coro y puede conseguirlo del país, si lo hay.

9º Que S.E. marcha de esta ciudad hacia el Cuartel General de V.E. dentro de dos o tres días, y llevará consigo algún dinero y vestuario para el ejército. S.E. espera que a su llegada encontrará ya cumplidas estas órdenes. Lo comunico &.

Dios guarde, &., &.

Adición: Si por cualquier accidente no pudiere el Coronel Bri­ceño encargarse del mando de la División, se le confiará al Señor Coronel Rangel, que ejecutará lo mismo que se mandaba para aquél. Vale.

[PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ]

* Archivo del Libertador. O´L. Vol. XVIII, 2º, fº 86 al 87.

NOTAS

1) Casigua. Población del Estado Falcón a unos 160 kilómetros de Coro.
2)
Sierra (de San Luis). Parte montañosa situada al centro del Estado

Falcón.
3)
Capitán Andrés Alvarez, edecán del Libertador. Nacido en Carora

el 10 de febrero de 1797. Se inició como ayudante de Urdaneta en 1812.

Peleó en las dos batallas de Carabobo. Hizo la Campaña del Perú. Para

1856 todavía vivía.

Traducción