DOCUMENTO 8280. OFICIO DE JOSÉ D. ESPINAR PARA EL GOBERNADOR DE CONCHUCOS, FECHADO EN PALLASCA EL 7 DE DICIEMBRE DE 1823, EN EL CUAL LE COMUNICA HABER DISPUESTO EL LIBERTADOR QUE EL GOBERNADOR VAYA A RESIDIR A PALLASCA, A CUYO FIN LE IMPARTE ALGUNAS INSTRUCCIONES TENDENTES A OBTENER TODA CLASE DE RECURSOS PARA EL EJERCITO, QUE CONSTA DE CUATRO A CINCO MIL HOMBRES. *

Sección
24) Período (01OCT AL 31DIC 1823) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Cuartel general en Pallasca, a 7 de diciembre de 1823.

SECRETARIA GENERAL DEL LIBERTADOR

Al Gobernador de Conchucos don Francisco de Borja Rodríguez.

S.E. el Libertador dispone, 1º que V. se venga a residir a este pueblo para poder desde aquí dar sus órdenes a toda la Provincia de su mando, y para poder atender de más cerca a las necesidades del ejército.

2º S.E. el Libertador me manda prevenir a V. que, en atención a que el Ejército tiene que regresar por esta ruta dentro de 15 días y que los pueblos todos han quedado en la última miseria, talados los campos y todo en la más grande ruina; dé V. sus órdenes a efecto de acopiar sin pérdida de instante, ganados, granos, raíces, caballos, mulas y todas cuantas producciones se encuentren en la Provincia, por donde no hayan pasado los enemigos.

3º S.E. quiere que desde Huailas hacia Huamachucos tenga V. en todos los pueblos del tránsito prevenidos víveres para cuatro a cinco mil hombres, en especial, ganados, granos y raíces, para racionar las tropas, trigo abundante para hacer pan para la misma, alpargatas, cebada y maíz.

4º Para la caballería y bagajes. Además debe V. tener prevenidos {alguno] 1 hasta mil caballos, mulas para reponer todas las del ejército [que se pierdan y reemplazar las que vengan cansadas] 2 que han venido desde Lima y no han sido reemplazados en todo el país.

5º S.E. el Libertador ordena que al venirse V. a residir a este pueblo se traiga todos, todos los trigos necesarios para distribuirlos en los pueblos del tránsito, lo mismo la cebada, el maíz, [y todos] y las caballerías, todos los demás artículos pedidos pues que en estos lugares, nada se encuentra, y las tropas libertadoras han carecido de todo porque los facciosos al paso han acabado con los pocos recursos que pudieran encontrarse y han saqueado todos estos pueblos de un modo atroz.

S.E. el Libertador hace a V. responsable del cumplimiento de esta orden con su empleo y su persona y aun con su vida, y debe darle parte de todas las medidas que tome, de todos los efectos que vaya colocando en el tránsito, en el supuesto de que el ejército deba regresar dentro de 15 días.

Es copia.

[JOSÉ D. ESPINAR]

* De un copiador del Archivo del Libertador. Sección J. de F. Martín. Tº II, Fº 127 al 128.

Traducción