DOCUMENTO 10946. OFICIO DE FELIPE SANTIAGO ESTENÓS, MINISTRO DE LA SECRETARÍA, PARA EL PREFECTO DE AYACUCHO, FE­CHADO EN POMATA EL 11 DE AGOSTO DE 1825, CON LA ORDEN DEL LIBERTADOR PARA QUE SEA ESTABLECIDA Y PUESTA EN EJECUCIÓN, UNA NORMA REFERENTE A LAS APELACIONES EN LAS CAUSAS SEGUIDAS EN EL DEPARTAMENTO.*

Sección
30) Período (02JUL AL 31AGO 1825) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Pomata, 11 de agosto de 1825.

Al Señor Prefecto de Ayacucho.

He puesto en el conocimiento de S.E. el Libertador la nota de V.S. de 27 de julio, y el acta de la asamblea que compaña celebrada por esa Municipalidad, conforme a la orden suprema que comunique a V.S. con fecha 4 del mismo. S.E. enterado de todo, me manda decir al Consejo de Gobier­no que disponga [ 1 ] que las apelaciones en las causas que sigan [ 2 ] en primera instancia los habitantes de ese departamento; las hagan a la Corte Superior de Justicia del Cuzco, y no a la de Lima como se hallaba establecido.

Soy, etc.

[FELIPE S. ESTENÓS]

* De un copiador de Secretaría. Archivo del Libertador, Sección O´Leary, tomo 39, folio 90 Vto.

NOTAS

1) estado en el copiador el período: ""quede ese departamento sujeto en lo judicial a la Corte Suprema de Justicia del Cuzco y separado de la de Lima"".
2)
Testados en el copiador los vocablos: ""los habitantes"".

Traducción