DOCUMENTO 6109 OFICIO DE PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ AL VICEPRESI­DENTE DE VENEZUELA, FECHADO EN TRUJILLO EL 23 DE AGOSTO DE 1821, POR EL CUAL, DE ORDEN DEL LIBERTADOR, LE PIDE QUE PREPARE Y ENVIÉ UNA EXPEDICIÓN MARÍTIMA A SANTA MARTA.*

Sección
18) Período (14MAY AL 31AGO 1821) Correspondencia Oficial

Personas

Lugares

Palabras Clave

Descripción:
Trujillo, agosto 23 de 1821.

Al Vicepresidente de Venezuela.

El Capitán Medina, Edecán de S.E. el Libertador Presidente, tendrá el honor de presentar a V.E. esta comunicación que por su importancia no quiere S.E. que se fíe a la posta, así porque siendo reser­vada no debe aventurarse a que se pierda, como porque interesa que llegue volando a manos de V.E. Ella se reduce a encarecer a V.E. el cumplimiento de mi orden reservada de Valencia sobre la expedición marítima, haciendo las correcciones y adiciones si­guientes:

1° Que en lugar de dirigirse a Maracaibo según las órdenes anteriores, dirija V.S. la expedición a Santa Marta que es el punto de Asamblea que se ha propuesto S.E.

2° Que la expedición se componga no solamente del Batallón Carabobo y las dos compañías de Granaderos y Vencedor, sino tam­bién del Escuadrón de Húsares nuevamente formado a las órdenes del Teniente Coronel Silva. Este Escuadrón existe actualmente en Maracay, y debe embarcarse en el Puerto de Ocumare que está más inmediato y ofrece comodidades para el embarque. V.E. le dará la orden al Comandante Silva [ 1 ] para que no se detenga allí sino el tiempo muy necesario para embarcarse, porque sería peligroso y expuesto a deserciones el que llegase la tropa a trascender el objeto de su marcha a Ocumare. La fuerza del Escuadrón será de 150 hombres poco más o menos.

3° Que además de estos cuerpos envíe V.S. en la expedición todos los oficiales y soldados sueltos de caballería que pueda hallar a la mano.

4° Que esta expedición debe transportarse o convoyarse por to­dos los buques de guerra y corsarios de que pueda V.E. disponer, por­que importa mucho más que no se malogre si por casualidad se encuentra con algunos buques de guerra enemigos, y porque estando destinada a operaciones sobre la costa, conviene que sea protegida por nuestras fuerzas de mar.

5° Que para que pueda V.E. hacer cómodamente los preparati­vos necesarios y reunir el mayor número posible de buques de gue­rra y todos los demás elementos de que debe componerse la expedi­ción, se prorroga el plazo que se había señalado en mi orden de 7 del presente. En lugar, pues, de los treinta días que se concedieron para que estuviese la expedición en Maracaibo, se concede ahora todo el mes próximo de setiembre con tal que esté en Santa Marta a fines de aquel mes o en los primeros días del siguiente octubre.

6° Que es de absoluta necesidad el que envíe V.E. en la expedición los siguientes objetos: armas y municiones cuantas puedan conseguirse; los vestuarios o telas para construirlos que haya V.E. adquirido o pueda adquirir, deducidos los que necesite el ejército de operaciones en Venezuela; todo el equipaje posible para infantería y caballería, especialmente para la primera arma; el dinero de que pueda disponer, haciendo el último esfuerzo por que sea una cantidad considerable; víveres no sólo para la subsistencia de la expedición hasta Santa Marta, sino los que debe consumir ella y dos mil hombres más desde Santa Marta hasta Panamá[ 2 ].

7° Que si V.E. creyere embarazoso o difícil hacer toda la expedición a la vez, y juzgar más conveniente irla despachando por partes, está V.E. autorizado para disponerlo así; pues lo que S.E. desea es que en el término señalado esté ya todo reunido en Santa Marta. De nuevo se recomienda el secreto en los preparativos y en cuantos pasos se den relativamente a la expedición. Si fuere posi­ble que V.E. solo supiese su destino sería lo mejor, para impedir los males que podrían resultar de que llegare a divulgarse entre la tropa, o que llegue a saberlo el enemigo y tome medidas para oponerse a ella.

S.E. confía en la prudencia y celo de V.E. Lo comunico a V.S.

Dios guarde, &., &.

[PEDRO BRICEÑO MÉNDEZ]

Adición: Si no pudiese conseguirse todo lo que se pide en el artículo 6° se enviará lo que se consiga, sin detener el despacho de la expedición por esperar lo que falte. Otra. El Edecán Medina quedará en esa capital a las órdenes de V.E. y al mismo puede V.E. comisionar para que traiga la orden de marcha para el Comandante Silva, llegado el caso. Con el Escuadrón se embarcará también el Edecán Medina para venir a reunirse en Santa Marta con S.E. V.E. se lo prevendrá así recomendándole el secreto. Vale.

* Archivo del Libertador. O´L VoL XVIII, 2° f°106 al 107 y vto.

NOTAS

1) José Laurencio Silva. Véase el Vol. II.
2)
Panamá. Véanse los Vols. I, II, VII, VIII, X, XIX.

Traducción